La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de aceites de oliva y un suplemento alimenticio por haber detectado que eran ilegales. La medida fue publicada en el Boletín Oficial del jueves 5 de diciembre y explicaron por qué ya no se podrán fabricar y comercializar.
Una buena cantidad de aceites de oliva y suplementos alimenticios fueron prohibidos por ANMAT debido a irregularidades graves en su etiquetado y registros. Esto quiere decir que tanto lote como fecha de vencimiento de estos productos se suprimieron de la fabricación y comercialización por falsificación de sus registros sanitarios.
Cuáles son los aceites de oliva y el suplemento alimenticio que prohibió ANMAT
Aceite de oliva marca San Cayetano
Un consumidor presentó un reclamo al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) porque el consumo de este aceite de oliva le habría causado malestar estomacal. Esto llevó al INAL a analizar si el producto cumplía con las normas vigentes y detectó algunas irregularidades: el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) indicado en la etiqueta está dado de baja y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y el número de habilitación municipal en el rótulo son inexistentes.
Por lo tanto, el producto no puede garantizar su seguridad, trazabilidad ni calidad, lo que representa un riesgo para la salud pública y fue prohibido. La decisión está sustentada por la Ley N° 18284 (Ley de Alimentos), Artículos del Código Alimentario Argentino (CAA) y Atribuciones de la ANMAT bajo el Decreto N° 1490/92.
Aceite de oliva Valle Gran
La investigación fue iniciada por la Dirección de Higiene de los Alimentos de Mendoza tras detectar irregularidades durante una inspección en un comercio de Godoy Cruz, Mendoza. Este caso fue reportado al Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), identificándose que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 180001695 no existe y que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) 18000615 está dado de baja.
Además, se atribuye la producción del aceite a la empresa FECOAGRO LTDA., pero no fabrica la marca "Valle Gran". De esta manera, como no cumple con la normativa alimentaria, no puede identificarse de manera clara y fehaciente como producido en un establecimiento determinado, carece de registros válidos y está falsamente rotulado, se dispuso su prohibición en todo el país.
Suplementos alimenticios
El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) llevó adelante una investigación tras recibir consultas sobre el producto "SUPLEMENTO ALIMENTAR marca Ak3 GOLD" porque se sospechaba que no cumplía con las normas alimentarias y se detectó que ninguno de los productos de la marca Ak3 cuenta con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), necesarios para comercializar alimentos o suplementos en Argentina.
Sumado a eso, los productos estaban etiquetados en portugués y promocionados como "100% naturales", pero sin cumplir con los requisitos del Código Alimentario Argentino. Entre ellos, se vendían suplementos de melatonina, productos para pérdida de peso y vitaminas y otros suplementos herbales. Por estos motivos es que la prohibición incluye todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento de los productos mencionados.
Los productos rotulados son los siguientes: "Ak3 SUPLEMENTO ALIMENTAR GOLD - EXTRA FORTE; PRODUCTO 100% NATURAL; contem 12 caps, 500 mg”; “Ak3 SUPLEMENTO ALIMENTAR EM CÁPSULAS - MELATONINA; PRODUCTO 100% NATURAL; zero GLUTEN; contem 30 caps; peso liq. 60 g, 210 mcg na porção”; “Ak3 TOURO VIRIL; 10 caps; 500mg; zero LACTOSE; zero GLUTEN”; “Ak3 CASTANHA DA ÍNDIA; Uso oral; Uso Adulto; PRODUCTO 100% NATURAL; contem 15 caps.; Peso líquido 60 g”; “Ak3 EMAGRECEDOR POWER FIT; PRODUCTO 100% NATURAL; zero LACTOSE; zero GLUTEN; contem 15 caps.; Peso líquido 60 g”; “Ak3 Salve gripe; CÚRCUMA; VITAMINA C E LIMÃO; GRIPE E RESFRIADO; contem 15 caps; 500 mg” y “Ak3 DORES TOTAL; 15 caps; 500 mg".
La ANMAT aprobó un tratamiento clave para las enfermedades oculares de personas diabéticas
A una semana del hito médico que llegó desde China respecto a los tratamientos contra la diabetes, llega a la Argentina una nueva droga que trata el Edema Macular Diabético (EMD) y la Degeneración Macular Asocaida con la Edad (DMAE), dos patologías que pueden llevar a una pérdida de visión significativa. La ANMAT aprobó recientemente Aflibercept, que tiene la capacidad de espaciar las aplicaciones del tratamiento mensuales a una extensión de hasta 20 semanas, lo que implica mayor comodidad y adherencia al tratamiento por parte de los pacientes.
A nivel global, se estima que hay 196 millones de personas que padecen DMAE, cifra que podría aumentar a 288 millones para 2040, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En Argentina, el impacto de estas enfermedades es significativo, especialmente si se considera que muchas personas desconocen la relación entre la diabetes y los problemas oculares.
"La DMAE afecta principalmente la visión central y es la causa principal de ceguera en personas mayores, mientras que el EMD es una complicación frecuente en pacientes con diabetes, caracterizado por la acumulación de líquido en la mácula, lo que causa visión borrosa y distorsionada”, sostuvo el Dr. Arturo Alezzandrini (MP 72087), profesor adjunto de oftalmología de la Universidad de Buenos Aires y presidente de la Sociedad Argentina de Retina y Vitreo.
de innovación oftalmológica en la que hemos trabajado mucho desde Bayer y sobre todo es algo muy importante para los pacientes, cuidadores, oftalmólogos, entre otros. Espaciar los intervalos de aplicación, que es principalmente lo que permite esta nueva concentración en la molécula, manteniendo ganancias visuales sostenidas, es un enorme avance para mejorar la calidad visual para los pacientes. Aún hay muchas necesidades insatisfechas en cuanto a tratamiento en enfermedades maculares y sin duda la falta de adherencia es una de ellas, una fundamental en el éxito de una terapia”.