La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de aceite de girasol por tener un rotulado falso, por lo que se consideró que se trata de un producto ilegal.
A través de la Disposición 9172/2020 publicada en el Boletín Oficial se determinó la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Girasol marca El Ñato elaborado y envasado por S.A. Argentina”.
El producto en cuestión carece de registros de establecimiento y de producto. Además, se consideró que está falsamente rotulado por exhibir en el rotulo un número de RNE que corresponde a otra firma y RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL verificó la promoción y venta en línea del producto investigado. Debido a las irregularidades y al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina".
En la medida, se detalla: "A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento".