La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió prohibir en todo el país la venta y el consumo del Aceite de girasol marca Finca Tío Alberto, RNPA Nº 01043058, Producido y Fraccionado por RNE Nº 4011-15979/07.
A través de la Disposición 6901/2020 se dispuso la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto por carecer de autorización de establecimiento y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
Asimismo, el ANMAT recibió del SENASA una presentación en la que se explicó que el producto “presenta características organolépticas no compatibles con un aceite de girasol", por lo que se recomendó no consumirlo.
El Departamento de Bromatología de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón informa que el producto investigado carece del etiquetado nutricional reglamentario, de los datos de la razón social y el domicilio del elaborador”. También se buscó comprobar si el RNPA se encuentraba autorizado y vigente a lo que se le informó que “es inexistente”.
Frente a esto, la dirección “emite un comunicado a la población alertando sobre los hechos y recomienda a quienes hayan adquirido el producto investigado que se abstenga de consumirlo, y que todo expendedor que tenga el producto entre su stock, se abstenga de comercializarlo y comunique a la autoridad sanitaria”.
Por todo esto, se estableció que el producto se encuentra en infracción “por carecer de autorización de establecimiento, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.