La Anmat prohibió la venta y consumo de un aceite de girasol

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un aceite de girasol y lo oficializó a través de una Disposición publicada este lunes en el Boletín Oficial. 

23 de agosto, 2021 | 09.44

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta y consumo de un aceite de girasol tras una serie de diligencias tras la denuncia de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (Inal).

Se trata del "Aceite de Girasol, marca Los Nietos, Contenido Neto 4.5 litros, RNE E/T 3104-28438/16, RNPA E/T 3104-28438/16" que quedó prohibido para su venta y consumo a través de la Disposición 6128/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Según detalló la ANMAT en la publicación en el Boletín Oficial, "el citado reclamo se refería a que según manifestó el consumidor, el producto no consignaría la información obligatoria en su rotulo, y como evidencia de compra, adjuntó el ticket de compra del producto investigado".

Prohíbese el Aceite de Girasol, marca Los Nietos, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado.

Ante ello, "el Inal realizó la consulta federal N° 6975 a través del Sifega (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos) a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (Dipa) de la provincia de Buenos Aires, a fin de verificar si el RNPA exhibido en el rotulo del producto investigado se encuentra habilitado, a lo que informó que el registro es inexistente".

Prohibición de la ANMAT by Gimeluz Figueroa on Scribd

En tanto, tras la investigación correspondiente, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica determinó: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de Girasol, marca Los Nietos, RNE E/T 3104-28438/16, RNPA E/T 3104-28438/16 por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo números de registro inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal".

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La semana pasada, el organismo, a través de la Disposición 5828/2021, había establecido la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica del producto “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Valle del Rey, R.N.P.A. N° 03-228544, R.N.E. N° 03-045305, Origen Mendoza, Envasado por Prado S.A”. Dicha determinación fue por carecer de registros sanitarios, consignar un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser un artículo “falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

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