Atención: ANMAT prohibió tres alimentos, un producto estético y un repelente contra mosquitos

A través del Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la fabricación y comercialización de la marca de tres alimentos, un producto estético y un repelente contra los mosquitos. Cuáles son.

02 de octubre, 2024 | 08.19

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una serie de productos mediante cuatro disposiciones publicadas en el Boletín Oficial. Se trata de tres alimentos, un producto estético y un repelente contra mosquitos que fueron considerados ilegales para su fabricación y comercialización en toda Argentina.

En el Boletín Oficial del miércoles 2 de octubre, aparecen cuatro disposiciones de la ANMAT sobre algunos productos que fueron terminantemente prohibidos en su fabricación y comercialización. Los productos estéticos son un aparato de vacío y cavitación de la marca "New Medical Tech", otro equipo llamado Derma IV y un láser de la marca Weifang Huamei importados de China; los alimentos son miel de abeja multifloral marca "El Colmenar", maíz inflado dulce marca "Del Prado Pop"; productos alimenticios rotulados falsamente como escabeches de distintos animales bajo la marca "El Abuelo"; y el repelente de insectos es el de la marca “Mos Out”.

ANMAT prohibió un producto estético

En primer lugar, la entidad visitó un centro de estética ubicado en calle Montevideo 753 y durante la inspección, ordenaron la evaluación de distintos equipos para ver si eran legales. Entre ellos se encontraban un aparato de vacío y cavitación de la marca "New Medical Tech"; otro equipo llamado Derma IV, y un láser de la marca Weifang Huamei, importados de China.

Cuando la ANMAT intentó verificar si estos equipos estaban registrados en su sistema, no encontró ninguna información y llevó a suponer que los productos no estaban legalmente registrados en el país. Al investigar más, se descubrió que NMT Soluciones SA, la empresa responsable de importar estos productos, sí está autorizada por la ANMAT como importadora de productos médicos, pero no se pudo confirmar si esos equipos específicos estaban correctamente registrados. Se intentó contactar con esta empresa en su dirección registrada, pero no hubo respuesta.

La ANMAT también comparó los equipos hallados con otros similares que están autorizados y que se utilizan para diferentes tratamientos, como masajes o tratamientos de piel, pero no logró encontrar registros de estos aparatos. Como estos productos no pasaron por una evaluación de seguridad ni están registrados en la ANMAT, se decidió prohibir el uso, la venta y la distribución de estos equipos en todo el país hasta que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes.

ANMAT prohibió tres alimentos

Miel de abeja

La Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba alertó sobre el producto "Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar", debido a que no cumplía con la normativa alimentaria. Durante una inspección, se constató la comercialización del producto en cuestión y la presencia de etiquetas autoadhesivas en diversas presentaciones. Es por eso que el producto fue decomisado y se clausuró el establecimiento.

El producto infringe varias normativas alimentarias enmarcadas en la Ley 18284 y el Código Alimentario Argentino, ya que no puede ser identificado como elaborado o producido en un establecimiento determinado y sus registros son falsos. De esta manera, se prohíbe la elaboración, comercialización y distribución del producto en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea. También se extiende la prohibición a cualquier producto que exhiba los mismos números de registro falsos.

Maíz inflado dulce

Se trata del maíz inflado dulce, marca "Del Prado Pop". La inspección de ANMAT determinó que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) mencionado en el rótulo del producto es inexistente, lo cual constituye una falsificación del registro. Además, el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) indicado en el rótulo pertenece a otra razón social, lo que significa que la entidad que produce el producto no está ni identificada ni autorizada. 

Sumado a eso, el uso del símbolo "Sin T.A.C.C." tampoco fue autorizado y el producto podría representar un riesgo para la salud de la población celíaca al no garantizarse que esté libre de gluten. Por estos motivos, ANMAT prohibió su elaboración, fraccionamiento, comercialización y venta en plataformas en línea en todo el país.

Escabeche de animales

El Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de Entre Ríos alertó sobre la comercialización de productos alimenticios rotulados falsamente como escabeches de distintos animales bajo la marca "El Abuelo". Después de varias investigaciones llevadas a cabo por la Dirección de Saneamiento Ambiental y Bromatología de Corrientes, se determinó que los registros sanitarios que figuraban en los productos eran inexistentes, lo que los convierte en productos ilegales según la Ley N° 18284 y el Código Alimentario Argentino.

La disposición de ANMAT prohibió específicamente los productos que no forman parte de los registros sanitarios RNE y RNPA y al tratarse de alimentos sin certificación, no pueden garantizarse los estándares mínimos de seguridad alimentaria. Es por eso que su fabricación y comercialización quedó inhabilitada. 

ANMAT prohibió un repelente contra mosquitos

La ANMAT recibió una notificación proveniente del Sistema de Cosmetovigilancia acerca de la comercialización de un producto llamado “Repelente de mosquitos marca Mos Out”. Después de consultar su base de datos, se determinó que el producto no estaba inscrito como repelente ante la ANMAT.

El repelente en cuestión carece de registro oficial y esto significa que se desconoce su origen. Por ende, no se puede garantizar su eficacia, seguridad o que su composición cumpla con los ingredientes permitidos por la normativa vigente. Además, se detectaron publicaciones en Mercado Libre que ya fueron dadas de baja. De esta manera, ANMAT prohibió su uso, venta, distribución y publicidad en todo el país.