La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) confirmó el cambio de la condición de expendio de determinados medicamentos para que a partir de ahora, pasarán a ser de venta libre. En esta actualización, la administración anunció la inclusión de cuatro medicamentos pertenecientes a la familia de los "prazoles" en el catálogo de productos de venta libre.
La medida fue informada a través de la Resolución 284/24, publicada en el Boletín Oficial, y se detalló el listado de medicamentos que podrán adquirirse sin necesidad de receta médica. Estos medicamentos son Omeprazol, Lansoprazol, Pantoprazol y Esomeprazol.
La entidad destacó que esta decisión se basa en la eficacia y seguridad demostrada a lo largo del tiempo en el alivio de síntomas y signos fácilmente reconocibles por el usuario. Además, subrayó que estos medicamentos ofrecen un "margen terapéutico" que evita daños graves para la salud en caso de una dosis mayor a la recomendada o un uso prolongado.
Sin embargo, ANMAT enfatizó la importancia de que las presentaciones de venta se ajusten al tiempo de tratamiento indicado en el prospecto de cada medicamento, así como a la posología sugerida. Esta medida busca facilitar el acceso de la población a tratamientos efectivos para el alivio de diversas afecciones, al tiempo que garantiza un uso responsable y seguro de los medicamentos.
Cuáles son los medicamentos que pasarán a ser de venta libre
- Pantoprazol como monodroga de 20 mg. Vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Lanzoprazol como monodroga de 15 mg. Por vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Esomeprazol como monodroga de 20 mg. Vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Omeprazol como monodroga de 10 y 20 mg. Vía oral sólidas en comprimidos y/o cápsulas.
Desde la ANMAT detallaron que quedan excluídos de esta medida las formas farmacéuticas y presentaciones con indicación para pediatría. Los prospectos modelos adecuados a la nueva condición de venta se encuentran actualmente disponibles para su consulta en la página web de la entidad.
Los motivos de la decisión
La denominación de medicamentos de “venta libre” corresponde a aquellos productos destinados a aliviar dolencias que no exigen en la práctica la intervención de un profesional médico. Además, por su forma, uso, condiciones, dosis previstas y su amplio margen de seguridad, este tipo de medicamentos no entrañan ningún tipo de peligro para los consumidores.
La modificación de la condición de expendio a venta libre de los IFAS en las concentraciones y formas farmacéuticas citadas fue realizada teniendo en cuenta los requisitos de la Disposición 3686/11, entre los que se destacan:
- La permanencia en el mercado: estas especialidades medicinales se encuentran registradas hace más de 20 años en nuestro país.
- Las notificaciones al Sistema Nacional de Farmacovigilancia: no presentaron en los últimos 5 años reportes de eventos adversos graves.
- La condición de expendio en agencias sanitarias de países considerados de alta vigilancia tales como: EMA-European Medicines Agency, AEMPS-Agencia Española de Medicamentos y la FDA-Food and Drugs Administration, donde se encuentran aprobados para la venta sin prescripción médica, lo que es equivalente a la de venta libre regulada por la ANMAT.