La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) comunicó la prohibición definitiva de varias marcas de aceite de oliva y suplementos alimenticios. La entidad realizó un informe exhaustivo para verificar la seguridad de estos productos y se determinó que no cumplen con las normas de seguridad, por lo que ya no podrán comercializarse.
Es común que un organismo como ANMAT realice distintas investigaciones para corroborar la seguridad de alimentos y medicamentos con el objetivo de detectar sus irregularidades legales y sanitarias. En el informe del miércoles 20 de noviembre en el Boletín Oficial, se dispuso que suplementos alimenticios declarados como "antioxidante", "quemador de grasa" y "desinflamante"; y varios aceites de oliva extra virgen sean prohibidos y se publicaron todos los detalles del estudio.
Cuáles son los aceites de oliva y suplementos alimenticios que prohibió ANMAT
Suplementos alimenticios
Un ciudadano realizó una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre varios productos de la marca Natural Medix, que estaban etiquetados como suplementos alimenticios. Ellos son "Moringa, Antioxidante, Antibacteriano”; “Quemador de grasa, TRIPLE ACCIÓN Cuerpo joven firme y esbelto, Desintoxicante, Depurador”; “Diabetisan, Desinflamante, Depurativo”; “Café verde Garcinia Cambogia, Adelgazante, Quema grasa”; “Carticolageno, Calcio y Vitaminas”; “Aguaje Hinojo Maca Triple”; “Aguaje Siempre Bella, rico en fitoestrógenos”; “Aguaje Plus, 4 en 1 Colágeno hidrolizado, L- carnitina, Garcinia Cambogia, Salud y Belleza”; “Aguaje pawer, rico en fitoestrógenos, HORMONAS FEMENINAS”; “Aguaje/Soya Maca, Bochornos, Menopausia” y “Prostasan Plus, Desinflamante, depurativo".
Sin embargo, estos productos no cumplían con las normas de registro necesarias para comercializarse en Argentina: los productos no tienen un Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), que es obligatorio. Esto significa que no hay garantía de que sean elaborados o controlados en condiciones seguras.
Aunque los productos mencionan a una autoridad sanitaria de Perú (DIGESA), no se encontraron antecedentes de que hayan sido registrados ni autorizados para ingresar a Argentina. Además, se publicitan en plataformas de venta en línea, presentándose con propiedades medicinales o beneficios para la salud, algo que no está comprobado ni permitido según las leyes argentinas. Es por eso que se prohibió su elaboración, fraccionamiento, venta y promoción de estos productos en toda Argentina y en cualquier tienda online porque no estar registrados y no se puede garantizar su trazabilidad, es decir, que no se sabe exactamente dónde ni cómo fueron elaborados ni si son seguros para el consumo.
Aceites de oliva
Uno de ellos es "Aceite de oliva, extra virgen, marca: El Noa, Contenido Neto 2000ml" y se prohibió su comercialización y producción porque la empresa M. Bustos S.A, declarada como responsable en el rótulo, no existe. Además, el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 12004012, que aparece en el etiquetado, es inexistente. No solo eso, sino que e Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 12009018 usado en el producto, pertenece a otra empresa. De esta manera, se identificó que el producto utiliza información engañosa para aparentar legitimidad y ANMAT tomó cartas en el asunto.
Otro producto es "Aceite de oliva marca Campos Barcelona", cuyos números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) exhibidos en los rótulos resultaron inexistentes, según las verificaciones realizadas por la Dirección de Higiene de los Alimentos de Mendoza. Es por eso que la Municipalidad de Diamante, Entre Ríos, se detectó y decomisó este producto tras constatarse irregularidades en su etiquetado. Por este motivo, ANMAT se comunicó con todas las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y plataformas de venta online para reforzar el cumplimiento de la medida.