La defensa del médico Aníbal Lotocki, condenado por presunta mala praxis e inhabilitado para ejercer su trabajo, apeló el fallo de la Cámara de Casación que elevó su condena. Fue en noviembre de este año cuando la Cámara confirmó la sentencia Lotocki y elevó la pena de 4 a 8 años de prisión y de 5 a 10 de inhabilitación por “lesiones graves” a cuatro pacientes. Ahora, deberán analizar la admisibilidad del recurso y, en caso afirmativo, enviar el expediente a la Corte Suprema.
Según comunicó NA, los abogados Claudio Lifschitz, Christian Pérez Sasso y José Luis Mariani-quienes defienden al médico imputado- indicaron que "no ha existido la creación de un riesgo típicamente relevante, por no ser objetivamente previsible el resultado" y marcaron que su defendido colocó "un producto autorizado por la ANMAT siguiendo las indicaciones de sus fabricantes".
Lotocki apeló: qué dijo la defensa
"Condenar en definitiva al señor Aníbal Rubén Lotocki, en función de lo resuelto en los puntos dispositivos II y III, a las penas de ochos años de prisión y diez de inhabilitación especial para ejercer la medicina, accesorias legales, y al pago de las costas, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de lesiones graves reiteradas en cuatro oportunidades, cometidos en perjuicio de las señoras Estefanía Xipolitakis, Pamela Sosa, Silvina Luna y Gabriela Trenchi, y estafa hecho cometido en perjuicio de la señora Gabriela Trenchi, todos ellos en concurso real entre sí", señaló la Cámara de Casación en el dictamen en el que se decidió elevar la condena a Lotocki.
"Para poder imputar un resultado, éste habrá de ser producto del peligro desarrollado por una conducta también imputable, es decir, desvalorada. Lo que no ocurre con Lotocki, quien actuó en un todo de acuerdo a la lex artis, colocando un producto autorizado por la ANMAT, y siguiendo las indicaciones dadas por la misma como por sus fabricantes", sostuvieron desde la defensa de Aníbal Lotocki en un escrito de 40 páginas al que tuvo acceso NA.
En este sentido, la defensa destacó que "el riesgo creado o generado por Lotocki –con su intervención-, no excedía en absoluto los límites de aquél que era permitido" e hizo hincapié en la baja probabilidad de que la sustancia inyectada en las cuatro pacientes que lo denunciaron cause problemas en la salud.
"Es inevitable recurrir a criterios probabilísticos para determinar el grado de peligro. Y de la prueba recibida a debate, surgen estudios que revelan la escasa probabilidad de efectos secundarios, basado en estudios científicos publicados y de conocimiento por parte de la ANMAT", subrayaron los abogados.
El documento cita un estudio científico que detalla que "sobre 84.000 pacientes durante siete años demostró un mínimo índice de complicaciones 0,08%. (...) El bajo porcentaje de estas complicaciones es comprobada por el mismo Lotocki, quien de aproximadamente 900 pacientes a quienes les practicó bioplastia tan solo cuatro (las denunciantes) han presentado la aparición de granulomas, es decir tan solo un 0,44 %".
"El fallo incurre en afirmaciones dogmáticas reñidas con las constancias de la causa, debido a que el marco normativo, de aplicación al caso, se encuentra suficientemente insatisfecho. Lo expuesto provoca una violación flagrante de los derechos del imputado", cerraron dicendo los abogados.