Inhabilitaron al médico Aníbal Lotocki, acusado por distintas figuras del espectáculo como Silvina Luna por mala praxis. La Sala 3 de la Cámara de Casación Penal resolvió este jueves la prohibición para que el cirujano, acusado de provocar "lesiones graves" a cuatro pacientes, ejerza la medicina de manera preventiva hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
La resolución, firmada por los jueces, establece "imponer a Aníbal Rubén Lotocki la inhabilitación para ejercer la profesión de médico, con carácter cautelar, hasta tanto se resuelva de forma definitiva su situación en esta causa". El escrito sumó: "Dicha medida cautelar deberá hacerse efectiva de modo inmediato".
La Cámara hizo lugar al recurso interpuesto por la querellante Pamela Estefanía Sosa, ex pareja de Lotocki, representada por el abogado Fernando Burlando. La denunciante fue una de las cuatro que presentaron medidas judiciales contra el cirujano, a las que se suman Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis y Silvina Luna. Esta última sigue internada, tras haber estado en terapia intensiva con respirador.
El fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía N° 29 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, había presentado el pedido de inhibición y inhabilitación ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que la semana pasada había requerido la opinión de las partes al respecto de la inhabilitación de Lotocki. La Fiscalía consideró que corresponde ordenar la "inhabilitación provisoria" para el ejercicio de la medicina y el "comercio en el ámbito estético y cosmético".
El médico cirujano fue condenado en febrero de 2022 por el Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina por las "lesiones graves" que les provocó a sus pacientes Silvina Luna, Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa.
En esa causa, se determinó que Lotocki causó lesiones en el cuerpo de las cuatro mujeres con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.
Contra la sentencia dictada por el tribunal, se presentaron recursos de la fiscalía, de la defensa y de la querella que representa a Sosa, que además de cuestionar que "no se lo condenó a Lotocki por el delito de estafa", insistió para que el médico "no ejerza la medicina mientras Casación define si confirma la pena".
El recurso interpuesto por Sosa "impugnó la decisión adoptada por el tribunal anterior" que denegó la petición de que se imponga a Lotocki "la medida cautelar consistente en la inhabilitación para continuar ejerciendo la medicina, hasta tanto la sentencia condenatoria -eventualmente- adquiera firmeza”, explicaron en su fallo los magistrados Magariños, Alberto Huarte Petite y Jantus, de la Sala 3 de Casación.