Rodrigo Eguillor fue declarado inimputable en la causa en su contra por abuso sexual

El hombre de 27 años que fue acusado de abuso, violencia, lesiones leves y amenazas, fue sobreseído por padecer trastorno de esquizofrenia paranoide. Qué dijo el Tribunal.

21 de junio, 2023 | 12.28

La Justicia cerró la causa por abuso sexual contra Rodrigo Eguillor, hijo de la fiscal Paula Martínez Castro, luego de que las pericias psicológicas hayan demostrado que es inimputable por padecer trastorno de esquizofrenia paranoide desde los 14 años. Así lo confirmó el Tribunal Oral Criminal N° 10, favoreciendo al acusado de "abuso sexual agravado por el acceso carnal, privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas", además de lesiones leves dolosas agravadas por mediar violencia de género.

El joven de 27 años fue filmado forcejeando en el balcón de un departamento en San Telmo, con una joven de 22 años con quien había salido a cenar previamente durante noviembre del 2018. Según la denuncia, abuso sexualmente de ella y posteriormente intentó escapar corriendo hacia el balcón. Cuando vecinos y vecinas del edificio ubicado en Av. Independencia y Piedras vieron la escena, dieron aviso a la policía. Al defenderse, Eguillor aseguró que él la salvó porque ella quería tirarse y tenía "problemas psiquiátricos". Fue demorado por resistencia a la autoridad y tiempo después, fue arrestado en Ezeiza por querer escapar del país.

En diciembre de ese año, el juez Carlos Bruniard decidió avanzar en la causa y lo procesó por abuso sexual y amenazas coactivas. A lo largo de la causa, fue sometido a diversos estudios médicos y se reportó un "trastorno mental", se suspendió el dictamen pero ante el pedido de su defensa por sobreseimiento en dos ocasiones, ambos fueron denegados. Pasó por la cárcel de Marcos Paz y luego por Ezeiza, donde se mantuvo bajo el programa de Salud Mental y en medio de la pandemia por Covid-19, consiguió arresto domiciliario. Hace un año, el Tribunal ordenó profundizar los exámenes psicológicos y psiquiátricos.

El objetivo de las nuevas pericias era determinar si Rodrigo "resultaba crónico e irreversible o si una eventual mejoría, considerando el tratamiento psiquiátrico y psicológico al que era sometido, le permitiría ejercer acabadamente sus derechos en el marco del proceso". En febrero del año pasado, los especialistas Esteban Toro Martinez, Mónica Herran, Soledad Puppo, Martín Aragüez y Gustavo Domínguez concluyeron que "se trata de un sujeto que padece un trastorno mental crónico consistente en antecedentes de trastorno por uso de sustancias, trastorno de la personalidad y trastorno psicótico no especificado parcialmente compensado".

"No es sencillo ni acaso posible ­desde las disciplinas que conforman el campo de la salud mental­ poder aseverar con certeza que su cuadro es irreversible, pero sí es posible diagnosticar que es crónico, que requerirá tratamiento psiquiátrico y que requerirá tratamiento psiquiátrico y psicológico de por vida y que no deberá abandonar la medicación psicofarmacológica", detallaron los especialistas mencionados.

Frente a lo analizado en las diversas pericias realizadas, informaron que Eguillor "padece un trastorno psicótico crónico no especificado parcialmente compensado, un trastorno de la personalidad de características crónicas y antecedentes de trastorno por uso de sustancias cuya previsión es que requerirá tratamiento psiquiátrico y psicológico de por vida". Tras el resultado, el abogado defensor pidió su inimputabilidad y sobreseimiento en la causa, hecho que confirmó en las últimas horas el Tribunal.

El fiscal de la causa, tras las medidas tomadas, pidió dar intervención a un juez civil y prohibir todo tipo de acercamiento o contacto con las víctimas, mientras que reclamó que se envíen muestras genéticas del imputado al Registro Nacional de Datos Genéticos. Por su parte, la abogada querellante se opuso y señaló que, a su juicio, el cuadro clínico psiquiátrico era factible de ser reversible, por lo que el acusado no entraba en los parámentros de inimputabilidad. Además resaltó que tuvo la capacidad de "comprender y dirigir sus acciones" en los hechos investigados, por lo que "no corresponde" desvincularlo del proceso.

LA FERIA DE EL DESTAPE ►