El Frente de Todos presentó un proyecto de ley para penar el vandalismo rural. Se hace para endurecer los delitos contra la propiedad rural, en medio de los hechos de las últimas semanas con las roturas de silobolsas.
Quien lo impulsa es Sergio Massa, presidente de la Cámara de Diputados, debido a los atentados contra la propiedad privada en el campo que generó rechazo en ese sector. El oficialismo salió a respaldar los reclamos contundentemente.
Por ello mismo, el agro salió a apoyar hoy las medidas del espacio oficialista sobre el tema y respaldó el proyecto presentado por Sergio Massa. Los hechos había generado también reacción en la oposición.
EL PROYECTO
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Massa pretende que por ley se tipifique como “vandalismo rural” cualquier daño contra silos, tolvas o silobolsas, con una pena de 2 hasta 5 años de prisión. Ayer afirmó a Infobae: “Destruir un silobolsa es destruir el trabajo y por eso presentamos un proyecto de ley para castigar el vandalismo rural”.
El presidente de la Cámara Baja además agregó sobre el tema: “Es un delito ‘nuevo’ contra la propiedad. Opera como un daño especial y agravado cuando se afecta el desempeño o explotación de un establecimiento rural”.
¿Cuáles son las claves del proyecto de ley? Será reprimido con prisión de dos (2) a diez (10) años el que causare incendio, explosión, inundación, derrumbe, liberación de patógenos, tóxicos o energía, emisión de radiaciones, o cualquier otro proceso destructor capaz de producir estrago. Si hubiese peligro para la vida, el máximo de la pena será de 12 años.
Por otro lado: si el hecho produjere el estrago, la pena de prisión se elevará de 5 a 15 años. Si como resultado se provocare la muerte de una o más personas, el máximo de la pena será de 25 años de prisión. Si esos efectos se produjeren por imprudencia o negligencia, este máximo será de 15 años.
Asimismo, cuando alguno de los hechos fuera cometido por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, la pena será de 1 a 4 años de prisión. Si produjere el estrago, la pena será de 2 a 6 años.
Agrega que si el hecho fuere causa inmediata de la muerte de una o más personas, el máximo de la pena será de 10 años. El artículo 184 bis del Código Penal quedará redactado de la siguiente manera: “Vandalismo Rural: La pena será de 2 a 5 años de prisión cuando se afecte el normal desempeño o explotación de un establecimiento rural a través de la destrucción, inutilización, desaparición o cualquier otro modo de daño respecto de: a) Granos, semillas y cereales en parva, gavillas, bolsas, silos, tolvas, tanques o unidades de almacenamiento, o de los mismos todavía no cosechados; b) Bosques, viñas, olivares, cañaverales, algodonales, yerbatales o cualquiera otra plantación de árboles o arbustos en explotación, ya sea con sus frutos en pie o cosechados; c) Ganado en los campos o de sus productos amontonados en el campo o depositados; d) Leña o carbón de leña, apilados o amontonados en los campos de su explotación y destinados al comercio; e) Alfalfares o cualquier otro cultivo de forrajes, ya sea en pie o emparvados, engavillados, ensilados o enfardados; f) Los mismos productos mencionados en los párrafos anteriores, cargados, parados o en movimiento.
Esa nueva figura propuesta, se detalla, “intenta generar prevención general, protección legal y respuesta judicial, aportando previsibilidad y seguridad jurídica a uno de los núcleos básicos de la actividad económica del país”.