El Gobierno nacional determinó el cierre de fronteras para determinados países de Europa a raíz de la nueva ola de contagios de coronavirus y también mayores restricciones para el turismo en general. La medida fue oficializada esta mañana a través de la Decisión Administrativa 2252/2020 publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir de hoy hasta las 00 del 9 de enero.
De esta manera, y con el objetivo de limitar la posibilidad del aumento de casos, se decidió cancelar las autorizaciones de vuelos directos procedentes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de Australia, de Dinamarca, de Italia y de Holanda, y con destino a esos países.
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Además, se suspenderán autorizaciones que se hubieran otorgado para ingresos y egresos a través de los pasos fronterizos habilitados (Uruguay, Paraguay, Brasil, Chile y Bolivia), salvo para el ingreso de residentes y ciudadanos argentinos. Quedan exceptuados de la suspensión los pasos fronterizos de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
En las últimas semanas, comenzó a alertarse por nueva variante del coronavirus, identificada como B.1.1.7 y reportada inicialmente en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Se reportaron casos en Gran Bretaña, incluyendo Escocia y Gales; Australia, Dinamarca, Italia y Holanda. Hasta el momento, no se observó la presencia de este linaje ni mutaciones asociadas al mismo en la Argentina.
Por este motivo, la autoridad sanitaria nacional recomendó evaluar la restricción del ingreso de personas provenientes de países limítrofes y extremar medidas respecto al ingreso de personas que vienen de los países con transmisión del SARS-CoV-2 linaje B.1.1.7. Esta medida continuará hasta que se profundice el conocimiento sobre la actual cepa circulante en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, dado que la Republica Argentina se encuentra en un momento de reducción de casos.
Nuevas restricciones
A partir de esta decisión, todas las personas que deseen ingresar a la Argentina deberán presentar una declaración jurada a la que se le incluyó: “Identificar si en los últimos 14 días se visito alguno de los siguientes países: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda”.
Todos los viajeros deberán cumplir con un PCR negativo realizado 72 horas antes del viaje. Además, en el texto se aclara que “quienes no puedan realizar PCR en origen, deberán acreditar ausencia de síntomas con certificación médica y realizar el test en destino con la mayor inmediatez posible a su arribo al país”. En estos casos las personas deberán cumplir 10 días de cuarentena. El aislamiento también lo tendrán que cumplir los que arriben con la prueba negativa de COVID-19 realizada con 72 horas de anticipación, pero en estos casos la cuarentena a cumplir es de siete días.
Quiénes están exceptuados
A partir de estas nuevas restricciones, el Gobierno determino una serie de excepciones. Solo están autorizados a ingresar al país y exceptuados del aislamiento:
- Transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad;
- Nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia;
- Extranjeros autorizados expresamente por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, para desarrollar una actividad laboral o comercial; o para cumplir con una misión oficial diplomática; o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes;
- Extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a VEINTICUATRO (24) horas.