Organizaciones denunciaron penalmente a la vicepresidenta Victoria Villarruel por no convocar a una sesión en el Senado, cámara del Congreso que preside, para tratar el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado el 20 de diciembre del año pasado por el presidente Javier Milei.
Senadores de Unión por la Patria (UP) ya habían pedido que se convocara a una sesión para tratar el DNU y, este jueves, reiteraron el pedido a la presidenta del Senado. La fecha elegida por los legisladores del peronismo fue el próximo jueves 15 de febrero. Como nunca se conformó la bicameral de decretos, los legisladores de ambas cámaras pueden autoconvocarse y tratarlo como un proyecto.
Quienes hicieron la denuncia contra Villarruel son el Observatorio del Derecho a la Ciudad, representado por el abogado Jonatan Baldiviezo; el movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, con María Eva Koutsovitis como representante; Naturaleza de Derechos, del abogado Fernando Cabaleiro, y Unidad Popular Nacional, con el economista Claudio Lozano.
"Violando la Constitución Nacional y el Reglamento del Senado, Victoria Villarruel está incumpliendo con su deber de convocar a sesión especial para el tratamiento del DNU Tiránico de Milei", expresó Lozano en Twitter, y agregó: "Cinco senadores pidieron sesión especial para tratar el DNU 70/2023. Villarruel tiene el deber de poner fecha y día para la sesión especial. A dos semanas del pedido no lo ha hecho. Obstaculiza el mandato constitucional y de la Ley N° 26122 de tratamiento “inmediato” del DNU".
Revés para Milei: por una apelación volvió a tener vigencia la ley de tierras
El juez federal de La Plata Alberto Recondo concedió el recurso de apelación de una agrupación de ex combatientes de Malvinas contra la derogación por decreto de necesidad y urgencia (DNU) de la ley de Tierras. Esa decisión, según interpretaron los abogados del Centro de Ex Combatientes de La Plata (CECIM La Plata) repone la medida cautelar dictada durante la feria judicial de enero que suspendió los efectos del DNU que derogó la ley.
El juez Recondo hizo lugar al recurso planteado por los abogados Jerónimo Guerrero Iraola y Laurentina Alonso y concedió el recurso de apelación "en ambos efectos". Ese tecnicismo establece un límite difuso, puesto que por un lado el "efecto suspensivo" suspende los efectos de la resolución, pero por el otro el "efecto devolutivo" los mantiene.
"Entendemos que rigen el artículo 15 de la ley de amparo y el 19 de las medidas cautelares. La cautelar está vigente", analizó el abogado del CECIM Guerrero Iraola. El expediente pasará ahora a revisión de la Cámara Federal de La Plata.