El Tribunal Oral Federal Nº 7 concedió este miércoles la libertad condicional al exsecretario de Transportes Ricardo Jaime, quien saldrá de la cárcel el próximo sábado.
Fuentes allegadas a la defensa explicaron que esa era la única causa que lo retenía en prisión, por lo que consideraron que no hay impedimentos para que el 18 de marzo –tal como lo establece el fallo- recupere la libertad tras casi siete años preso.
El tribunal dispuso “la inmediata libertad del nombrado”, la que se efectivizará –según sostiene la resolución- desde la Alcaidía de Superintendencia de Investigaciones Federales de la Policía Federal Argentina, “una vez constatado que no registre orden restrictiva de su libertad”.
Fuentes allegadas a la defensa del ex funcionario explicaron que este expediente, un desprendimiento de la Causa Cuadernos, era la única causa que lo retenía en prisión, por lo que consideraron que no hay impedimentos para que el 18 de marzo recupere la libertad. La novedad ya le fue comunicada a Jaime por su defensor, Eduardo Gómez Camino.
El fallo excarcelatorio fue firmado por los jueces Enrique Méndez Signori y Germán Castelli, más la disidencia parcial de Fernando Canero, quien se había inclinado por morigerar las condiciones de encierro por la modalidad de la prisión domiciliaria.
Para la decisión resultaron fundamentales dos cuestiones: el vencimiento de la última prórroga de la prisión preventiva dispuesta el 15 de setiembre de 2022 y el agravamiento del estado de salud del ex secretario de Transportes.
“Suficientemente ilustrativos resultan a esta altura los informes enunciados, corroborándose de las circunstancias expuestas la existencia de un delicado cuadro de salud por parte de Jaime que amerita la morigeración de las medidas de cautela”, sostiene el voto de mayoría.
“Resulta claro que, más allá de las patologías crónicas que padece el nombrado, con el transcurso del tiempo se ha venido presentando una situación de deterioro de su salud y estado clínico general”, añade la resolución.
El tribunal le fijó como obligaciones para conceder la excarcelación “la promesa del imputado de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación; la obligación de notificar cualquier cambio de domicilio, como así también toda circunstancia en virtud de la cual deba ausentarse del mismo por más de 48 horas o más de 70 kilómetros; la prohibición de salir del país sin autorización previa; la entrega del pasaporte que tuviere en su poder y la colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS –Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica-“.
El último informe médico sobre la salud de Jaime consignó “carcinoma cutáneo y la necesidad de realizar la cirugía de Mohs”, tratamiento recomendado para el cáncer de piel.
Además, Jaime presenta “cefalea, dolor punzante y secreción serohemática debiendo colocarse gasas o compresas con cinta adhesiva hipoalergénica a nivel de la lesión ulcerada en la región temporal (preauricular) y se indicaron analgésicos a demanda”.
Del fallo se desprende que Jaime se trasladará a la provincia de Córdoba, donde tiene domicilio, “debido a la necesidad de un control estricto por parte de su entorno para garantizar el adecuado seguimiento que su patología exige”.
Eso, al menos, había contemplado el voto en disidencia del juez Canero, quien pese a oponerse a la excarcelación reconoció que “surge ostensiblemente acreditado el agravamiento del estado de salud de Jaime, y ello impone necesariamente una nueva valoración integral de la razonabilidad y proporcionalidad de la medida cautelar a la que encuentra sujeto”.