Revés para Pullaro: una sentencia complica la reforma jubilatoria en Santa Fe

La justicia laboral de Rosario hizo lugar a un amparo presentado por ex magistrados contra la reforma previsional que impulsó el Gobernador en la Legislatura provincial.

09 de noviembre, 2024 | 18.38

La Legislatura de Santa Fe, en una sesión express, aprobó el mes pasado una reforma previsional para la provincia. En las afueras del parlamento, gremios estatales protestaron por la medida y fueron castigados con una feroz represión de la policía provincial; siguiendo así los pasos de la ministra Patricia Bullrich con su protocolo antipiquete, que no está habilitado en las provincias.

Sin embargo, la reforma impulsada por el gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, continúa teniendo capítulos en el Poder Judicial. Esta semana, la justicia laboral de Rosario hizo lugar al amparo colectivo presentado la semana pasada por 18 ex magistrados santafesinos y volvió a poner un freno a sus cambios.

En la cautelar presentada, se objetaba el aporte solidario que la normativa impone tanto para activos como para pasivos, así como el tope que estipula para determine cuál debe ser el monto de la jubilación máxima.

Según publicó el portal El Litoral, la jueza Silvana Laura Guagliatti, consideró que “los haberes jubilatorios son derechos adquiridos por los amparistas, quienes planificaron su vida y su situación económica futura en función de ellos, confiando legítimamente en la estabilidad de las normativas vigentes al momento de su jubilación. La modificación sustancial de estos haberes mediante una reforma normativa que no respeta los principios de progresividad y no regresividad, representa una lesión a la confianza legítima de los afectados”.

Para la magistrada, “las modificaciones introducidas varían sustancialmente las condiciones de mantenimiento del beneficio previsional una vez que los actores cesaron en su período laboral productivo. En este sentido, quienes habían optado por dicho beneficio y bajo cierto régimen, no podrían luego volver a la actividad laboral para continuar ‘adicionando’ años de aportes que pudieran cambiar las condiciones del ya otorgado, ni hacer una nueva previsión de retiro si posteriormente y a través de una norma se decide cambiar las condiciones por cuestiones no atribuibles a la foja laboral de cada jubilado”.

A continuación, estima procedente marcar que es “resorte del Estado provincial el evitar el posible desfinanciamiento de la Caja de Jubilaciones protegiendo a sus beneficiarios (…), no resultando por tanto oponible una decisión financiera del ente, que pareciera trasladar la responsabilidad del manejo deficiente de los fondos de aquellos quienes aportaron un porcentual de su salario para el mantenimiento del mismo y que hoy parecen achacarle en perjuicio propio”.

También cuestiona la ley ya que “al afectar los beneficios previsionales de los magistrados retirados, la reforma en cuestión vulnera no solo el derecho a la seguridad social y los derechos adquiridos de los amparistas, sino también un pilar fundamental de la organización republicana, la independencia del Poder Judicial, que exige que las jubilaciones y pensiones de los magistrados se mantengan intactas para evitar cualquier forma de intromisión o debilitamiento de su rol en el Estado”.

La cautelar a la que hizo lugar Guagliatti fue el primer revés judicial para la ley previsional, ya que habían sido desestimados los amparos presentados por el bloque Somos Vida y los gremios Amsafe y Municipales de San Carlos. Según trascendió, la Provincia ya prepara el escrito respectivo para apelar la resolución judicial.