La Procuración sostuvo el reclamo de Kicillof y la Corte Suprema definirá el futuro de los fondos jubilatorios

La Procuración General de la Nación dictaminó que la Corte Suprema es el organismos que “debe intervenir como tribunal único” en el reclamo de la Provincia de Buenos Aires contra el DNU de Javier Milei por el cual “dejó de transferirle fondos para las jubilaciones bonaerenses”.

04 de junio, 2024 | 11.06

El gobernador Axel Kicillof suma fundamentos jurídicos y le acorta los tiempos a la Corte Suprema de Justicia para que se expida en una de las varias presentaciones que hizo en reclamo de recortes que hizo la gestión de Javier Milei a la provincia de Buenos Aires. De esta manera, este martes se conoció que la Procuración General de la Nación dictaminó que el máximo tribunal sea el organismo por excelencia que “debe intervenir como tribunal único” en el reclamo de la gestión bonaerense contra el DNU de Javier Milei por el cual “dejó de transferirle fondos para las jubilaciones bonaerenses”.

La procuradora adjunta, Laura Monti, dictaminó que el proceso “debe tramitar ante los estrados del Tribunal”, es decir, que la medida cautelar que presentó el gobierno de Axel Kicillof, respecto de la decisión de Nación de cortar los aportes para la caja provincial previstos por una ley que atravesó los últimos siete gobiernos, debe ser tratada por la Corte Suprema de la Nación. De esta manera, el mandatario bonaerense suma fundamentos jurídicos para lograr un dictamen que le devuelva a la provincia de Buenos Aires fondos que percibe desde la década de los ’90. 

“La Provincia de Buenos Aires deduce acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia DNU y que, en consecuencia, el Estado Nacional ‘restablezca las transferencias de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)", detalló Monti. Los montos reclamados corresponden a “compensación por el déficit del régimen jubilatorio de la Provincia de Buenos Aires no transferido al Estado Nacional”, a valores actualizados.

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Entre otros cuestionamientos, el gobierno bonaerense considera que “el demandado (Javier Milei) omite demostrar cuál es la situación de gravedad o urgencia que le impide seguir el trámite ordinario de sanción de leyes”, y cuestiona que mediante su dictado “se pretenda ‘purgar’ el comportamiento material, arbitrario e ilegítimo que tuvo lugar con anterioridad a su dictado, es decir, después de haber prorrogado la vigencia del presupuesto 2024 mediante el decreto 88/23”.

Fondos de larga data 

Los fondos fueron previstos en el presupuesto 2023 que “estableció un crédito específico para las cajas previsionales provinciales transferidas y, a su vez, dispuso una metodología para que la ANSES abone mensualmente a las provincias que no transfirieron al Estado nacional sus regímenes previsionales, un monto en concepto de anticipo a cuenta, equivalente a una doceava parte del déficit -provisorio o definitivo-“, determinado por un decreto del gobierno de Macri.

El régimen se implementó a fines de 1999 cuando se firmó el “Compromiso Federal” (ratificado por ley) por el cual el Estado Nacional “se comprometió a financiar los déficits globales de los sistemas previsionales provinciales no transferidos, con recursos provenientes de rentas generales”. La aplicación de la norma se mantuvo durante el interinato de Eduardo Duhalde y los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, e incluso se profundizó cuando en 2016, durante la gestión de Mauricio Macri, se dictó la ley de “Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”.

Uno de los artículos de esa norma instruyó al Poder Ejecutivo “para que arribara a un acuerdo con las provincias que no hubieran transferido sus sistemas previsionales, para compensar las asimetrías con respecto a aquellas jurisdicciones que sí lo habían hecho”. Toda la normativa fue prorrogada por decreto también durante el Gobierno de Alberto Fernández.

Sin embargo, el gobierno de Javier Milei lo interrumpió mediante el DNU que “no se encuentran comprendidos en dicha prórroga” los artículos que determinan el aporte de Nación a la caja jubilatoria provincial. “Toda vez que la Provincia de Buenos Aires –a quien le corresponde la competencia originaria de la Corte-, demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esta instancia”, opinó la procuradora adjunta. “En tales condiciones, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal”, resumió Monti.