El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, a través del Boletín Oficial, creó el Observatorio Político Electoral, un órgano que manejará “la información oficial sobre las elecciones dentro de la Provincia de Buenos Aires”. Entre sus nuevas facultades “podrá generar material de análisis específico, propiciar la difusión de información política y electoral, y hasta tendrá la facultad de proponerle al Ministerio de Hacienda y Finanzas distintas adecuaciones presupuestarias necesarias”.
La estructura orgánica “tendrá un o una Presidente Honorario, designado por el Poder Ejecutivo, que tendrá una o un Coordinador Ejecutivo, una o un director de gestión de información y una o un director de investigación y análisis político electoral”.
Con el decreto 817, el nuevo organismo fue creado por Axel Kicillof bajo el marco de la Ley de Ministerios N°15.164 que le da potestad al Ejecutivo de delegar en las ministras y los ministros, y en los secretarios y secretarias diferentes responsabilidades en la temática de la que formen parte.
Así, el Observatorio Político Electoral podrá “realizar estudios e investigaciones y desarrollar acciones junto a organizaciones, universidades y otros actores especializados en la materia”. Estará facultado para firmar “acuerdos, convenios y/o programas de intercambio de información, cooperación técnica y asistencia recíproca, con las autoridades electorales judiciales con competencia en el ámbito nacional y de la provincia de Buenos Aires”.
Asimismo, desde la nueva entidad podrán “asesorar al Gobernador en cuestiones de materia electoral y relaciones institucionales con los distintos organismos relacionados”.
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Por otra parte, y a través del decreto 812/2021 el mandatario aprobó la nueva estructura orgánico-funcional del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, que estará a cargo de Agustín Simone.
En la nueva área tendrá una o un Subadministrador General, con rango y remuneración equivalente a Subsecretario; una o un Subsecretario técnico, una o un administrativo y legal; un o una Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda; una o un Subsecretario de Planificación de Desarrollo Urbano y Vivienda; una o un Subsecretario de Inspección de Desarrollo Urbano y Vivienda; y un o una Directora General de Administración.
También tendrá una o un Director Provincial Técnico Legal, una o un Director Provincial de Contrataciones de Obra, Inmobiliaria y Social; un o una Directora Provincial de Determinación de Precios; una o un Director Provincial de Vivienda; un o un Director provincial Ejecutivo; un o una Directora Provincial de Seguimiento y Evaluación del Gasto de Desarrollo Urbano y Vivienda; una o un Director Provincial de Planificación Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda; y una o un Director Provincial de Control de Obras de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Además tendrá una o un Director Provincial de Administración de Programas con Financiamiento Multilateral de Desarrollo Urbano y Vivienda; un Director/a de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios; un Director/a de Presupuesto y Contabilidad; un Director/a de Recupero de Fondos; un Director/a Delegado/a de la Dirección Provincial de Personal; un Director/a de Servicios Técnicos y de Coordinación Legal; un Director/a de Regularización Dominial; un Director/a de Contrataciones de Obra; un Director/a Inmobiliaria y Social; un Director/a Técnica; un Director/a de Informática; un Director/a de Planificación; un Director/a de Seguimiento; un Director/a de Evaluación del Gasto; un Director/a de Acuerdos Locales de Desarrollo Urbano y Vivienda; un Director/a de Programación y Seguimiento de Obras Municipales de Desarrollo Urbano y Vivienda; un Director/a de Proyectos con Financiamiento Multilateral; un Director/a de Procesos Fiduciarios con Financiamiento Multilateral; y un Director/a de Seguimiento y Monitoreo de Proyectos con Financiamiento Multilateral.