En 2016 el massismo, vidalismo y un grupo de intendentes del conurbano sancionaron la ley 14.836 provincial que establece que los y las intendentes y los y las concejales puedan ser reelectos “sólo por dos períodos consecutivos”. De continuar vigente la normativa en 2023, unos 83 intendentes de los 135 municipios no podrían renovar su cargo.
De esos 83 intendentes 46 son de la oposición. Es decir, la fuerza que era oficialismo en 2016 y sancionó dicha norma, hoy es oposición y le está trabando la posibilidad a su propio espacio de buscar una “re - re” en distintos distritos. Es así como todos los jefes comunales sin importar el color político tienen los días contados.
Sin embargo, en la Cámara de Diputados provincial tanto la actual oposición como el oficialismo buscan una solución legislativa para destrabar una discusión que, se la analice por donde se la analice, es de tinte político. La llave para salir del laberinto actual podría estar en cambiar el eje del debate.
“No se trata de perpetuarse en el poder, se trata de debatir la autonomía de los municipios y adecuar la legislación a la Constitución Nacional”, expresó a El Destape el diputado provincial del Frente de Todos, Walter Abarca. El legislador tiene en su despacho un proyecto de ley que ya firmó pero aún no presentó y que propone modificar el “artículo 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades” para que quede de la siguiente manera: “El Intendente será elegido directamente por el pueblo y durará 4 años en sus funciones pudiendo ser reelecto”.
Otorga así la posibilidad de renovar mandato indefinidamente pero sólo para los Jefes comunales, dejando que sólo durarán dos mandatos seguidos los cargos legislativos -consejeros escolares, concejales, diputados y/o senadores – respetando la idea de eliminar las listas sábanas.
¿Cuáles son los argumentos? “En la Constitución Provincial no se establece un límite de tiempo ni de reelecciones para el departamento ejecutivo unipersonal”, explicó y agregó que “esto se establece por la última modificación realizada en agosto de 2016”, es decir la ley del vidalismo, massismo e intendentes del conurbano.
Para Abarca, “la elección del intendente municipal es determinada únicamente por el voto popular, universal, igual, secreto, libre y obligatorio de los vecinos”. “Actualmente los municipios poseen grandes desafíos debido al rol activo que tienen, jugando un papel clave en el desarrollo provincial, y como la otra cara de la misma moneda es el Intendente quien mejor conoce las solicitaciones del pueblo, y quien mejor que el pueblo para volver a delegar en él su representación evaluando si cumplió o no dando respuestas a las necesidades y demandas locales”, detalló en los fundamentos del proyecto.
Con argumentos bastante parecidos, el actual presidente del bloque de Juntos, Maximiliano Abad presentó el 4 de noviembre de 2020 el expediente D 4132/20-21, que tiene como objetivo “reformar los artículos 190 a 197 inclusive de la Constitución de la provincia de Buenos Aires”.
Propone una “reforma parcial”. El objetivo de la convención reformadora sería debatir si se incorpora a la máxima normativa provincial “el expreso reconocimiento constitucional de la Autonomía Plena de los municipios”, para que así puedan “dictar su propia Carta Orgánica”, “elegir sus autoridades” y “fijar libremente su propio calendario electoral”. También se discutiría la “libertad de gestión de los recursos municipales”, “la capacidad de gerenciar el gasto público” y la “creación de tributos, derechos, y permisos locales, entre otros”.
El proyecto del diputado radical está en la Comisión de Asuntos Constitucionales, y está firmado por 8 diputados y diputadas correligionarias que forman parte de Juntos. En los fundamentos la mirada política del presidente del bloque opositor más grande es idéntica a la del diputado del Frente de Todos: “¿Quién mejor que un intendente que conoce o debería conocer las necesidades de sus vecinos?”.
Además, Abad agregó que “estos tiempos que corren – en referencia a la pandemia – han puesto en evidencia la impostergable necesidad de asegurar a los Municipios su autonomía”. En ese sentido, es necesario “que finalmente y de una vez por todas, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires afirme y reglamente la autodeterminación de sus ciudadanos en las unidades más básicas de organización política, en las comunas y municipios”.
“Asistimos ahora a una época donde la deuda constitucional debe ser saldada. Es innegable que los municipios requieren del pleno ejercicio sus autonomías para fijar sus propias cartas orgánicas”. Es así como la autonomía de un gobierno municipal serviría para, entre otras cosas, “tener la capacidad de elegir sus propios representantes”, sin importar la cantidad de veces y cargos que gane.
¿Entonces reelección sí o reelección no? Tal como dice el refrán “todo depende del color del cristal con que se mire”. Cintura política y diálogo podrían ser los puntapié iniciales para salir de una trampa política y oportunista convertida en ley cinco años atrás, y que hoy genera dolores de cabeza en cientos de despachos bonaerenses.