El “protocolo Bullrich”, contra los estándares interamericanos

Las medidas que anunció la flamante ministra de Seguridad ponen en jaque los compromisos que tiene el país en materia de derechos humanos y libertad de expresión a nivel interamericano.

14 de diciembre, 2023 | 20.24

La flamante ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, dio a conocer este jueves un protocolo para lo que llamó el “mantenimiento del orden público” que implica fuertes restricciones a la protesta social. Aunque todavía restan conocer los detalles, ya avisó que la idea es que no se permitan los cortes de calle, de rutas o autopistas bajo ningún aspecto en ningún punto del país, que se identificarán manifestantes y vehículos, así como también habló de dar “autorizaciones”. “No se puede prohibir ningún tipo de modalidad” en función de los estándares interamericanos, advirtió ante El Destape el abogado y profesor de derecho constitucional de la UBA, Andrés Gil Domínguez.

Según establece la Convención Americana de Derechos Humanos, que tiene rango constitucional en Argentina, el derecho a la protesta está consagrado en otros derechos establecidos en el mismo tratado como el derecho a la libertad de expresión, de reunión y de libre asociación, así como el de no discriminación. En tanto, la relatoría especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 2019, definió que la protesta “es una forma de acción individual o colectiva dirigida a expresar ideas, visiones o valores de disenso, oposición denuncia o reivindicación”.

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Consideró, además, que está estrechamente vinculada con la defensa de los derechos humanos, así como a la promoción y defensa de la democracia.

Al ser consultado sobre las medidas que el flamante Gobierno pretende implementar, Gil Domínguez remarcó que “no se puede prohibir ningún tipo de modalidad” sean estas cortes de ruta, cacerolazos o vigilias y demás, como tampoco solicitar autorizaciones, "una cosa es una procesión religiosa o un evento deportivo, otra cosa es una protesta", que responde al derecho a los derechos ya mencionados. En consonancia con lo que se plantea en los estándares interamericanos, señaló que “la protesta pacífica es otra forma de la libertad de expresión”. Este último derecho es, según aclaró en un hilo de Twitter que publicó el abogado, “uno de los primeros y más importantes fundamentos de toda la estructura democrática”.

En consonancia se manifestó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en un comunicado en el que aclaró que las medidas anunciadas, además, "criminalizan a quienes se manifiestan y persiguen a la organización social y política. Hasta regula un registro de organizaciones habilitadas a protestar. Pretenden saltarse la intervención judicial, lo que limita derechos y garantías", aclararon. Todo eso, apuntaron "está prohibido por el derecho internacional, que son normas incorporadas a nuestra Constitución Nacional con jerarquía superior a cualquier ley o a cualquier protocolo".

En ese sentido, Gil Domínguez dijo que, al contrario de lo planteado por Bullrich, “el Estado tiene que garantizar que se pueda ejercer” la protesta y, en caso de que se regule, tiene que ser “de manera razonable”. Para este caso, la funcionaria dijo que habrá intervención de las cuatro fuerzas federales: Policía Federal, Gendarmería, Prefectura y la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

En tanto, Bullrich anticipó la derogación de la “resolución garantista de Nilda Garré”. Desde el Cels especificaron que se trata de la resolución "Criterios mínimos para el desarrollo de protocolos de actuación de los cuerpos policiales y Fuerzas de Seguridad Federales en manifestaciones públicas", de 2011 firmada por la entonces ministra. Esta medida, dijeron "limitaba la represión tras los asesinatos de manifestantes en 2001 y 2002m y en el Parque Indomericano en 2010. Ahora más que una limitación del uso de la fuerza policial hay una habilitación para ejercer la violencia contra los manifestantes", denunciaron.

Según explicó Gil Domínguez ante este medio, lo que no está permitido es “la protesta violenta” eso, insistió, “no es derecho”. Ahora bien, hay formas para determinar si una protesta es violenta o no: “Es cuando se viola el Código Penal, (por ejemplo) cuando dañas a personas, bienes, robas o hurtas, eso es violento”, explicó el abogado.

En el anuncio, la ministra hizo referencia a la modificación que se hizo en el traspaso de Gobierno, de pasar el Servicio Penitenciario Federal bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, en lugar de estar en Justicia, como lo fue hasta ahora. Ese organismo también hará parte de las intervenciones en el marco de las protestas, confirmó Bullrich. Sobre esto, se manifestó en sus redes sociales la abogada y defensora de derechos humanos, Claudia Cesaroni: "La última vez que se puso al Servicio Penitenciario Federal con el resto de las fuerzas de seguridad bajo dependencia del Ejecutivo para realizar tareas represivas fue el 24 de marzo de 1976", fecha en la que comenzó la última dictadura cívico militar. 

“Va a haber consecuencias para aquellos que vayan con niños” a las manifestaciones, planteó también durante la conferencia de prensa la ministra. En este aspecto, Gil Domínguez sostuvo que, en verdad, el ejercicio de la responsabilidad parental es de la persona –por lo que el Estado no puede definir si madres o padres van con sus hijes a una movilización-. Diferente sería el caso de que esa persona cometiera un delito. “Tendrá que hacerse cargo, como persona y en términos de responsabilidad parental”, aclaró Gil Domínguez.

Para el caso el Cels, señaló que esta perspectiva "criminaliza a madres y padres que demandan mejores condiciones para sus familias y excluye a quienes están a cargo de su cuidado". Para cerrar, la organización de derechos humanos, consideró "grave" enviar un mensaje político de este tinte a las fuerzas policiales. "Cuando el poder político habilitó la represión de las manifestaciones, el resultado fue una enorme crisis política y terminó con muertes en las calles", advirtió.  

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