El Gobierno nacional publicó este martes el decreto que busca convertir los planes sociales en empleo genuino y registrado en el sector privado, transformando las prestaciones o los trabajos precarizados en "incentivos para la contratación" bajo la forma de "empleo asalariado registrado en el sector privado".
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Qué planes sociales están incluidos
Uno de los objetivos principales de la medida es que los programas de empleo, inclusión laboral y desarrollo socio-productivos se transformen en mecanismos que incentiven la incorporación de trabajadores al empleo asalariado registrado. Para ello, se requerirán modificaciones en dos programas: el Programa de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo local "Potenciar Trabajo" y del Programa de Inserción Laboral creado por el Ministerio de Trabajo.
Desde las carteras de Trabajo y Desarrollo Social deberán elaborar un cronograma para que "todo beneficiario y toda beneficiaria de una prestación asistencial se incorpore a una trayectoria formativa ocupacional, es decir una capacitación, tanto a través de cursos específicos como de prácticas calificantes en ambientes de trabajo".
También se indica que cada cartera podrá "modificar la nómina de programas y políticas en función del análisis de los requerimientos específicos de los distintos sectores de la actividad económica".
Requisitos
La aplicación del programa específico estará sujeta al cumplimiento de uno o ambos:
- Incremento neto de la nómina del personal del empleador que adhiera, de acuerdo al modo de medición que se establezca en cada sector
- Límites máximos de trabajadores alcanzados.
Cómo se pagarán los salarios
- La prestación se considerará parte integrante del salario respectivo en forma total o parcial, en la forma, plazo y condiciones que se determinen para cada sector de actividad.
- En casos particulares, en función de los montos efectivos de salario y plazos de contratación vigentes, podrá establecerse la compatibilidad entre la prestación y la remuneración abonada.
- El valor de dicha prestación y su duración, las modalidades y plazos de contratación y el número máximo de trabajadoras y de trabajadores que puedan ser incorporadas e incorporados bajo estos programas serán fijados en forma conjunta por ambos Ministerios.
- En los casos de pluriempleo, se establece que "deberán fijarse las reglas de distribución del incentivo entre los distintos empleadores y las distintas empleadoras".
Qué pasa si se termina el contrato de trabajo
Las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de volver a percibir la asistencia que establece el programa correspondiente, siempre y cuando el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supere los 12 meses, dentro de los 2 años anteriores al cese del contrato laboral.
Si el período de cotizaciones está entre los 8 y los 12 meses dentro de los dos años anteriores al cese del contrato laboral, los trabajadores podrán optar entre reingresar al programa de origen o acceder a la prestación por desempleo de ANSES.