El bloque de Juntos por el Cambio presentó un proyecto de ley para sancionar a piqueteros con prisión. "Será reprimido con prisión de tres meses a dos años", dice la medida que fue llevada al Congreso para debatir. La firman, entre otros, el bullrichista Gerardo Milman.
El diputado nacional reclama que "sean sancionadas las asociaciones u organizaciones sociales que, ejerciendo alguna clase de representación o recibiendo prestación económica por parte del Estado Nacional, cometan contravenciones o delitos en ocasión de manifestaciones públicas tales como la libre circulación de los ciudadanos o impedir desarrollar libremente su tarea productiva o comercial".
Argumenta que “desde la década de los noventa los planes sociales han constituido un recurso recurrentemente utilizado por el Estado para paliar el conflicto social, cooptando a los sectores populares. Pero la relación del Estado con estos sectores nunca se da de manera directa, sino a partir de distintas mediaciones, entre las cuales se pueden mencionar las redes punteriles, las organizaciones de desocupados, ONG’s, etc.”.
Continuó Milman: “Bajo el gobierno kirchnerista se consolidó una alianza perfecta, por un lado, aumentó la dependencia de las organizaciones respecto de los recursos económicos del estado; por otro, el peronismo en el poder buscó la manera de restituir los lazos con los sectores populares diluidos en la época menemista. Para ello, orientó estratégicamente los planes dando origen a organizaciones de desocupados 'oficialistas', como el Movimiento de Trabajadores Desocupados Evita y a organizaciones barriales de pequeñas dimensiones que reproducen la lógica clientelar sobre las clases populares.
"El cobro del plan exige como contraprestación la realización de una tarea de asistir a las marchas y piquetes, ya que esto es una condición que establece el movimiento para recibir el plan”, afirma el proyecto
El mismo prevé que “en el caso de sorprender a representantes o representados de estas asociaciones cometiendo un delito deberían retirarle su personería, sobre todo cuando impiden la circulación libre de un ciudadano, derecho garantizado por el Art. 81 de la Constitución Nacional donde indica que 'toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional. Nadie puede ser obligado a mudar de domicilio o residencia, sino en los casos especiales y con los requisitos que la Ley señala'".
Y tipificado penalmente en el Artículo 194 del Código Penal pena a "el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años".
“Es importante destacar, que el presente proyecto busca defender los derechos de los demás ciudadanos a la libre circulación, penar que las movilizaciones y manifestaciones callejeras sean utilizadas para actos vandálicos o el cometido de delitos”, concluyó Milman.
Los cofirmantes son: Alejandro Finocchiaro, Alfredo Schiavoni, Pablo Torello, Francisco Sanchez, Alberto Asseff, Sofia Brambilla, Karina Bachey, Ana Clara Romero, Soher El Sukaria, Ingrid Jetter, Carlos Zapata, María Sotolano y Gustavo Hein