La gestión de Axel Kicillof continúa llevando adelante diferentes medidas para el campo con el fin de mitigar los efectos de la sequía. Desde noviembre del año pasado, el gobierno bonaerense declaró la emergencia y/o desastre agropecuario y puso a disposición distintas líneas de financiamiento a tasas accesibles y acordó beneficios impositivos para mitigar el impacto.
De esta manera, ya son 67 los municipios que están incluidos en la emergencia, puntualmente, aquellos productores que hayan visto afectada su producción o capacidad de producción entre el 50% y el 79%. Los mismos recibirán una prórroga del pago del Impuesto Inmobiliario Rural.
Por su parte, quienes hayan visto afectada su producción o capacidad de producción entre el 80% y el 100% entrarán en la categoría de Desastre Agropecuario y serán eximidos del pago del Impuesto Rural. La Ley también prevé la suspensión de ejecuciones fiscales hasta 180 días de finalizado el periodo de emergencia.
En tanto, desde el Banco Provincia también se implementaron líneas de financiamiento con el foco puesto en los pequeños y medianos productores, en el marco de las cuales ya se han otorgado más de $2.400 millones en créditos con tasas especiales a damnificados.
Las nuevas líneas de créditos abarcan a las explotaciones de hasta 500 hectáreas y tienen un monto máximo de $10 millones, cuentan con un plazo de hasta 36 meses y tasa fija del 47% anual con 6 meses de gracia.
La regional Junín del Bapro (de Junín y alrededores) fue la que más financiamiento demandó: se destinaron un total de $874 millones. La lista continúa con la regional Chivilcoy (Chivilcoy y distritos aledaños) con $479 millones y la regional Pehuajó (que incluye distritos de la zona) con $348 millones.
Por otra parte, el Ministerio de Desarrollo Agrario ofrece un Aporte no Reintegrable para la Agricultura Familiar ante eventos climáticos adversos que otorga montos de hasta $200.000, destinados a la recomposición de la infraestructura dañada, la adquisición de insumos productivos para reiniciar el ciclo de producción y la reposición de animales muertos o afectados.
También cuenta con una Línea de Financiamiento Ante Eventos Climáticos Extremos con montos de hasta $1.500.000 y tasa del 35% para el reinicio del ciclo productivo, y otra de Financiamiento para Prevención y Mitigación de Emergencias. Al momento, desde la cartera que dirige Javier Rodríguez se entregaron $158 millones a través del Fondo Agrario a productoras y productores agropecuarios afectados por la sequía.
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Las medidas desde Nación
Ante la homologación de la emergencia a nivel nacional, los productores afectados por la sequía pueden acceder a beneficios como la deducción de ganancias por la venta forzosa de animales; diferimientos de vencimientos de obligaciones impositivas; reducciones para los monotributistas afectados; y la suspensión del inicio de ejecuciones fiscales.
De esta forma, los productores de 13 distritos bonaerenses que se vieron afectados por la sequía podrán acceder a los beneficios que otorga el Gobierno nacional. La resolución alcanza a los municipios de San Pedro, Rojas, Salto, Ramallo, Junín, Arrecifes, Alberti, Chascomús, Suipacha, Lobos, San Vicente, Magdalena y Dolores.
Entre los beneficios para los afectados se encuentran la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas cuando el mismo recaiga en el mismo período en el que esté vigente el estado de emergencia, hasta el ejercicio siguiente a su finalización.
También figuran la suspensión por parte de AFIP de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre. En caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire el lapso por el cual se decretó la emergencia o desastre.
Además está la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las Ganancias, el 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina, deducción que se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.
Asimismo, la AFIP podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias y los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre.
Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros impuestos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la seguridad social.
En tanto, los productores que estén inscriptos en el Monotributo gozarán de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si está englobado en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre.