Ricardo Nissen, titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), denunció que el fallo judicial que afirmó que Mauricio Macri no tenía relación con las empresas offshore reveladas por los Panamá Papers es nulo, que se obtuvo de manera express y a medida, por un juez incompetente, sin pruebas, con la complicidad de Franco Macri y con el sólo objetivo de beneficiar a su hijo, el entonces presidente.
Se trata de la resolución del juez civil Andrés Guillermo Fraga que el 20 de septiembre de 2017 y a pedido del propio ex presidente estableció que “no fue socio ni accionista” y que “no percibió dividendos ni ganancias” por su participación en las firmas Fleg Trading, con sede en Bahamas, y Kagemucha, radicada en Panamá. Gracias a eso Macri obtuvo un sobreseimiento en otra causa judicial donde se investigaba si había omitido su participación en esas empresas en sus declaraciones juradas entre el 2007 y 2015, cuando era jefe de Gobierno. Nissen pide que se anule la primera y, por ende, eso repercute en la segunda.
Macri inició esta maniobra judicial ante el escándalo que se produjo cuando su nombre apareció en los Panamá Papers. Lo hizo a través de un pedido de una “acción declarativa de certeza”, lo que le permitía, según Nissen, un trámite rápido y no una investigación judicial como correspondía. Macri denunció a su propio padre, Franco, que no hizo nada por defenderse y solo dijo que había incluido a su hijo en esas sociedades sin su conocimiento. En base a toda la documentación del expediente, para Nissen está claro que fue “una ‘mise en scene’ de padre e hijo para evitar daños mayores a la carrera política de este último”.
Para Nissen, el escándalo de los Panamá Papers en el que quedó involucrado Macri “demandaba de la administración judicial argentina un pronunciamiento válido y un debido proceso, jamás alcanzado en virtud del juicio fraudulento desarrollado en las actuaciones aquí impugnadas”. O sea, que el Poder Judicial argentino nunca se metió en el tema. Será porque el que aparecía era Macri y no CFK.
En la denuncia, a la que accedió El Destape, Nissen describe toda la maniobra. Muestra que primero Macri eligió un juzgado civil cuando el tema era comercial, por lo que “la guionada demanda del hijo a su octogenario progenitor, se encontraba en condiciones de ser rechazada, sin más trámite”.
En segundo lugar, que Macri logró una sentencia favorable sin que se citara a las dos empresas en cuestión, o sea, sin preguntarles a Fleg Trading y Kagemusha si el entonces Presidente tuvo o no alguna participación en dichas sociedades.
Un capítulo aparte es la estrategia de Macri, representado por el estudio Llerena y Asociados, uno de los buffetes más poderosos de la cuty porteña de donde provino Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, uno de los operadores judiciales del PRO. El truco consistió en que el único demandado fue Franco Macri, su padre. En palabras de Nissen, esto fue para que “convenientemente adopte una actitud procesal absolutamente condescendiente” y colaborara “con tan singular aventura jurídica de su descendiente” al no contestar la demanda ni negar nada de lo que decía Mauricio, por lo que “toda la conducta desplegada por el señor Francisco Macri y su letrado patrocinante fue absolutamente funcional a los deseos de su hijo”. El abogado de Franco era Jorge Anzorreguy, viejo lobo de tribunales, que de zonzo no tenía nada. Entre Llerena y Anzorreguy tiraban paredes.
A Macri lo salvó su padre, que dijo que “designó a sus hijos como directores de empresas sin ponerlos al tanto de ello”. Para el juez Fraga fue suficiente. Para la jueza Elizabeth Alejandra Paisan, también, ya que dijo que Macri no podía declarar algo que no conocía.
“La sentencia impugnada no se obtuvo para dirimir una discusión o diferencia entre padre e hijo, como aparentemente surge los autos civiles referenciados -así invocado por las partes-, sino que se obtuvo para oponerla a terceros, y, eventualmente, para engañar a terceros”, afirma Nissen. Para sostener este planteo cita varios autores, entre ellos a Julio César Rivera, que explica que “el acto en fraude a la ley por la utilización de medios oblícuos para la obtención del resultado prohibido, y la utilización de una norma de cobertura que da apariencia de licitud al negocio”. Rivera es un histórico abogado de los Macri, sabe de que habla.
El cuarto eje del pedido de nulidad planteado por Nissen es que Macri obtuvo una sentencia express y a medida “basada en documentos y pruebas unilaterales” como testimonios de Leonardo Maffioli (gerente de las empresas Macri) y dos expertos pagados por el propio ex presidente. Para Nissen, de toda la prueba documental de la causa “no surge la ajenidad del Ingeniero Mauricio Macri respecto de las sociedades offshore aludidas” sino todo lo contrario.
Nissen denuncia que el camino judicial que usó Macri para zafar del escándalo de los Panamá Papers “fue urdido con fraude a las leyes”, que Macri y su padre simularon “burdamente un contradictorio inexistente para producir prueba espuria” con “el fin de obtener una sentencia ‘a medida’ que pudiera invocarse para eludir la acción de la justicia penal ante el presunto delito de lavado de dinero y evasión fiscal del entonces Presidente de la Nación Argentina, Mauricio Macri”. En todo esto evitaron que intervenga la IGJ, el organismo que ahora preside Nissen y que tiene entre sus tareas el control de las sociedades extranjeras para ver si efectivamente no tienen actividades en Argentina o si son utilizadas para lavado o evasión.
Por todo esto, Nissen plantea que la sentencia que despegaba a Macri de esas sociedades offshore es nula, que se le puede aplicar el criterio de cosa juzgada írrita y que debe investigarse a fondo y con participación de la IGJ. “Tratándose de un caso de fraude procesal a los efectos de consumar una vulneración de leyes de orden público, nos hallamos ante un caso de nulidad absoluta, imprescriptible y no susceptible de convalidación”, afirma Nissen.
Para Nissen, la maniobra de Macri fue solo para tener “una sentencia con autoridad de cosa juzgada al solo y único efecto de hacerla valer ante terceros, esto es: la justicia penal, la opinión pública nacional e internacional, la autoridad de control societario a quien se vedaría injerencia por la sujeción debida a un fallo firme”. Y plantea que esa sentencia “fue redactada con la única intención de crear un blindaje jurídico al mandatario de la manera más rápida, expedita y segura posible”.
Hay que recordar que en torno a los Panamá Papers Macri recibió no solo un preaviso de que eso se publicaría. Hugo Alconada Mon y sus colegas demoraron su difusión para no entorpecer su carrera presidencial. Seguramente esté relacionado a lo que contaron Frederik Obermaier y Bastian Obermayer, los periodistas alemanes que recibieron la filtración, que relataron en su libro la que los “compañeros argentinos del diario La Nación estaban entusiasmados ante la perspectiva de airear los negocios secretos de su entonces presidenta. Pero tampoco encontraron pruebas de nada ilegal ni que incriminara a la pareja” Kirchner. La excusa que dieron Alconada Mon y sus compinches frente a la demora en la publicación fue que era un acuerdo con el Consorcio Internacional de Periodistas que administraba esos datos, no disponibles para toda la prensa sino para un grupo seleccionado. Por lo que cuentan los periodista alemanas es muy fácil inferir que si hubieran encontrado algo de CFK no hubieran sido tan respetuosos.