Primer revés judicial a la ola intervencionista del Gobierno en obras sociales

La Cámara laboral revocó una de las seis intervenciones de Salud en prestadoras de sindicatos tras denunciar "indicios serios y graves de ilegitimidad" en la medida.  

31 de octubre, 2024 | 21.41

La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la intervención que había dispuesto el Gobierno sobre la Obra Social del Personal Mosaísta (OSPM) tras denunciar supuestas irregularidades en una auditoría realizada por el Ministerio de Salud. Se trata del primer revés del Ejecutivo en un proceso de desembarco iniciado sobre media docena de prestadoras sindicales de salud entre las que se destaca la que implementó sobre la del personal rural, Osprera. La Sala VIII del tribunal revocó la medida que había ordenado en agosto la gestión libertaria tras advertir de "indicios serios y graves de ilegitimidad" de la resolución. 

Las intervenciones, concretadas ante la impasibilidad de la CGT, estuvieron precedidas en su mayoría por una operatoria similar: la visita de un contingente de funcionarios de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) a las oficinas de cada obra social para practicar revisiones extensivas e inusuales de documentación que habitualmente deben presentar de manera digital. La operatoria arrancó en la gestión de Mario Russo al frente de Salud -con Gabriel Oriolo como superintendente- y continuaron tras su reemplazo por Mario Lugones, quien antes mandaba en los hechos en esa cartera pero como asesor. El nuevo ministro es padre de Rodrigo Lugones, socio del asesor plenipotenciario Santiago Caputo, y antes de ser nombrado estaba a cargo de la fundación del Sanatorio G­üemes, adonde también pisan fuerte el histórico operador radical Enrique "Coti" Nosiglia y el sindicalista Luis Barrionuevo. 

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La resolución llevó la firma de los camaristas María Dora González y Víctor Arturo Pesino e hizo lugar a una acción de amparo presentada por las autoridades de la OSPM. Solicitaron la cautelar el vicepresidente de la obra social, Andrés Roldán, el tesoero, Roberto Mollo, y el secretario de Actas, Marcelino Pineda. Al dictaminar en contra de la intervención, los jueces alegaron que de las actuaciones surgen "indicios serios y graves de ilegitimidad" por entender que "no surge que se hubiese cumplido con el procedimiento sumarial previo a la aplicación de la sanción" ni que estuviese garantizado "el derecho de defensa" de las autoridades afectadas. Según los camaristas, la SSS sólo argumentó haber desarrollado "una auditoría integral" sin contemplar instancias sancionatorias previas a una intervención. 

La Superintendencia, tanto en la intervención original en agosto como en su prórroga, resuelta a princpios de octubre, esgrimió haber detectado "irregularidades en la carga de los códigos de práctica efectuadas ante el mecanismo ‘Integración’", en alusión a los reembolsos por prestaciones de discapacidad, así como "incumplimientos en la totalidad de la documentación respaldatoria prestacional exigida en la normativa". También alegó que la OSPM omitió seguimientos o auditorías sobre beneficiarios de otras prestadoras a los que brindó servicios y se le achacó adeudar la presentación de papeles para respaldar sus movimientos. Para capitanear la intervención había sido nombrado Martín Esteban Gutiérrez. 

La misma operatoria que implementó en la OSPM el Gobierno la extendió, con pocas semanas de diferencia, en otras obras sociales como la de Ladrilleros, la del personal de la industria del Fósforo, la de Vareadores, la de la actividad del Ladrillo a Máquina y la Osprera. En el caso de la prestadora de los mosaístas, la Cámara laboral expuso que la intervención "sólo puede ser aplicada en caso de infracciones graves o moderadas reiteradas que, por su cantidad, entidad y repercusión, la autoridad considere, mediante decisión debidamente fundada, que amerita dicha sanción". 

Los jueces se pronunciaron a favor de devolverle la obra social a sus autoridades electas -estaban suspendidas en sus funciones desde el 3 de octubre- al señalar que esa decisión no generará "efectos jurídicos o materiales irreversibles" para la intención del Gobierno de profundizar una auditoría.