Los 16 primeros dias del presidente Javier Milei en el Gobierno nacional marcaron la implementación de un plan de reducción del Estado y de su rol en la economía. Varias de estas medidas fueron impulsadas a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que el Jefe de Estado había anunciado la semana pasada. Una de ellas es la reducción del Estado vía decreto, que hoy tuvo un nuevo capítulo con el texto que salió en el Boletín Oficial y anunció el despido de 7 mil empleados públicos. En ese mismo sentido, el Gobierno desistirá de dar aumentos a los trabajadores estatales, según anunció el periodista Luis Majul.
"Viste que, con semejante decretazo, todos los sectores empiezan a pedir: 'qué va a pasar con los jubilados, los monotributistas y los autónomos'. El Presidente dijo que los monotributistas y autónomos tienen que competir", comenzó el conductor radial en su programa de El Observador.
Luego, continuó afirmando que "si sos monotributistas y autónomo, obviamente no te está favoreciendo la política económica del gobierno durante los últimos cuatro años, pero no se puede cambiar todo de la noche a la mañana" y lanzó: "¿Qué te van a dar? ¿un subsidio?".
"Le pregunté si va a haber aumentos para los empleados públicos del Gobierno y me dijo 'no': no hay plata", sostuvo Majul, quien agregó: "Van a ser tres o cuatro meses fuertísimos".
Milei despidió a 7.000 empleados públicos por decreto
El Gobierno de Milei oficializó este martes los despidos de las y los trabajadores del Estado contratados en el periodo de 2023 al establecer a través de un decreto que las contrataciones de personal en el sector público "iniciadas a partir del 1 de enero de 2023 no serán renovadas". Asimismo, prorroga hasta el 31 de marzo de 2024 la vigente de un decreto que establece restricciones en el mismo sentido.
Si bien el decreto no establece el número exacto de los despedidos, desde el gremio Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) adelantaron que son 7000.
El Poder Ejecutivo estableció estas medidas por medio de los decretos 84/2023 y 77/2023, publicados en la edición de hoy del Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse. La prórroga de las restricciones fue del Decreto N° 426/22.
La primera norma, referida a las contrataciones de personal, sostiene en su primer artículo que "las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serán renovadas".
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En este punto, se exceptúan "las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y el personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento".
En tanto, las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley 25.164 (que regula el Empleo Público) y del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor de 90 días corridos.
Además, se solicita a las autoridades de cada área "un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso a la Administración sea previa al 1° de enero de 2023" y, "en el caso de que decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación". Al mismo tiempo, se instruye a los titulares de las jurisdicciones a que "informen a la Jefatura de Gabinete sobre la implementación de estas medidas".
El Decreto 1109/17 establece el régimen de contratación de personas humanas, para la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales y establece que dichos contratos no podrán superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso.
En los considerandos del Decreto 84 se recuerda, por otra parte, la modificación de la Ley de Ministerios "que obliga a revisar todas aquellas contrataciones" y "la presente medida se condice con aquellos objetivos y a los fines de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública", argumenta la norma.