El juez laboral José Ignacio Ramonet defendió su competencia para tratar la causa de la Confederación General del Trabajo (CGT) y resolvió que no la enviará al fuero Contencioso Administrativo Federal. Horas atrás, el magistrado Esteban Furnari había hecho lugar al pedido del Estado nacional para que el amparo contra el DNU 70/2023 tramite en conjunto con otras causas en el marco de un proceso colectivo abierto en su juzgado. Ahora, el planteo deberá ser resuelto por un Tribunal de Apelaciones.
"Sin perjuicio de esta cuestión formal -por la que pareciera que, al menos para el Fuero Contencioso Administrativo Federal, esta cuestión no es urgente-, lo cierto es que el tenor de las presentaciones efectuadas por el distinguido letrado de la parte actora, tornan inoficioso -de momento- plantear una cuestión de competencia con aquél fuero, por cuanto el recurso interpuesto suspende los efectos de la inhibitoria dictada, hasta tanto sea resuelto", señaló en el fallo.
En esa línea, Ramonet sostuvo que en función de lo expuesto y "sin perjuicio de mantener el suscripto los fundamentos expresados en la resolución en la que asumí competencia", por cuanto "si bien hay intereses colectivos afectados, los mismos no son homogéneos". Frente a esta situación, subrayó que "no puede aplicársele tal adjetivo a situaciones tan disímiles", que planteó la CGT en la causa.
En comparativa, el juez remarcó que la situación relacionada a la reforma laboral, los derechos de trabajadores y sindicatos, no tiene ningún tipo de relación con "la situación de los inquilinos ante las modificaciones procuradas por la norma cuestionada, o la de los consumidores frente a la eliminación de diversos registros de contralor", entre algunas de las menciones que agrega en el documento.
"La norma dictada resulta inédita en nuestro derecho, no tanto por la forma (que podrá o no resultar válida de acuerdo a lo que resulte del trámite legislativo), sino por la cantidad de normas que ha modificado, o lisa y llanamente derogado, corresponde tener presente lo manifestado y ordenar que sigan los autos según su estado", sentenció.
De esta manera, el magistrado remarca que no se puede reclamar mediante por ese medio -un amparo colectivo-, diferentes problemas que implican a diversas áreas sin relación.
Por otro lado, cabe señalar que Furnari se negó a habilitar los días 29, 30 y 31 de diciembre -feria judicial- para tratar el pedido de medida cautelar sobre el decreto. "La habilitación del feriado procede solamente cuando media el riesgo de quedar ilusoria una providencia judicial o de frustrarse, por la demora, alguna diligencia importante al derecho de las artes, es una medida de urgencia de carácter excepcional", marcó.
Este viernes entró en vigencia el mega decreto de necesidad y urgencia del Gobierno, pese a las más de 20 presentaciones judiciales que se llevaron a cabo para pedir su "inconstitucionalidad". La demanda de la CGT se tramita en el juzgado nacional del Trabajo 69, a cargo de Ramonet, desde donde se había dado al Gobierno un plazo de tres días para responder los planteos de inconstitucionalidad de la norma.
Furnari había ordenado notificar a Ramonet y a la sala VIII de la Cámara Nacional del Trabajo, que debe resolver una apelación de la CGT contra la decisión del juez laboral de no dictar una medida precautelar para suspender los efectos del decreto en lo referido a las normas vinculadas al trabajo.