El Procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, dijo este jueves que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei que reforma y deroga más de 300 leyes " no sortea al Congreso" y que, por el contrario, lo puso a trabajar.
"Dicen que este decreto sortea al Congreso, y no es así. De hecho, está provocando la tarea en el Congreso", aseguró Barra en declaraciones al canal Senado TV de la Cámara alta.
El exministro de Justicia del Gobierno de Carlos Menem y exjuez de la Corte Suprema afirmó que "hay dos proyectos de ley que ratifican al decreto: uno presentado por el bloque radical (del Senado) y otro es la ley ómnibus que ingresó a Diputados enviada por el Gobierno".
"Lo bueno de esta última ley es que está ya considerada y numerada dentro de las cuestiones que se pueden tratar en sesiones extraordinarias. La ratificación del decreto la puede tratar el Congreso ahora mismo", aseveró el Procurador del Tesoro en referencia al artículo de la ley enviada a Diputados por el Ejecutivo. Barra agregó que "el decreto lo que hizo fue acelerar esa discusión, pero de ninguna manera evita la decisión e intervención de los legisladores".
Además, arriesgó que "los jueces probablemente digan que esto está en discusión en el Congreso y van a esperar a que el Congreso decida". "De lo contrario, la decisión de los jueces significaría una interferencia en el trámite parlamentario", pronosticó en relación a la judicialización del DNU, tras varias presentaciones de medidas cautelares.
Barra también recordó que el decreto "estará vigente a partir de la cero hora del sábado", cuando se cumplen ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial, y advirtió: "Hay que cumplirlo como se cumple cualquier ley".
No obstante, añadió que "el Congreso está en plena libertad de tratar desde el 1 de marzo un proyecto de ley que deroga o modifica algún artículo del decreto".
Respecto de la declaración de emergencia a la que se refiere el proyecto de ley ingresado el miércoles a Diputados, Barra enfatizó que "la emergencia justifica que el Poder Ejecutivo Nacional tome medidas de excepción o que el Congreso legisle con medidas de excepción".
"Es una situación de relativizar, no la anulación, las circunstancias de los derechos constitucionales. La Constitución lo menciona en su artículo 76 para solucionar situaciones que provocan crisis en el país", destacó Barra.
Con información de Télam