La jueza federal María Servini desestimó por inexistencia de delito una denuncia presentada contra los periodistas de El Destape Roberto Navarro, Ari Lijalad y Franco Mizrahi por la filtración del contenido de un libro administrativo de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), incorporado como prueba en la causa por espionaje ilegal que se sigue en Lomas de Zamora.
La magistrada tomó esa decisión ante el dictamen del fiscal del caso, Eduardo Taiano, quien había pedido desestimar por "inexistencia de delito" la denuncia contra los periodistas, pese a que en un principio le había dado impulso a la denuncia. Tras una campaña de más de mil personalidades de distintos ámbitos repudiando esa decisión modificó su postura. "Encontrándose reunidos los requisitos del ordenamiento procesal para considerar válido el dictamen del Fiscal Federal –cuyos fundamentos comparto- habré de proceder conforme lo postulado", consideró la jueza al desestimar la denuncia.
Los periodistas fueron incluidos en una denuncia hecha por los diputados Jorge Enríquez, Wado Wolf, Fernando Iglesias y Álvaro de Lamadrid contra la interventora de la AFI, Cristina Caamaño, los fiscales del caso por espionaje ilegal Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide y el juez del caso, Juan Pablo Auge por los presuntos delitos de "revelación de secretos políticos y militares".
Servini ya tenía una denuncia anterior contra los funcionarios presentada por exagentes de la AFI mencionados en el documento filtrado a la prensa y por eso esta nueva presentación quedó a cargo de su juzgado. La magistrada abrió un legajo aparte para evaluar la denuncia a los periodistas de El Destape y la desestimó al compartir los argumentos del fiscal federal Eduardo Taiano.
El eje de la denuncia fue lo ocurrido con un libro de actas de gestiones administrativas en la AFI entre 2016 y 2018, que fue digitalizado e incorporado a la causa por espionaje ilegal y puesto a disposición de las partes y cuyo contenido de carácter secreto se filtró a la prensa.
Al dictaminar por desestimar la denuncia en relación a los periodistas, Taiano sostuvo que no surgieron "elementos mínimos que permitan iniciar una investigación penal". Además, recordó que "en el supuesto bajo estudio no cabían dudas que las responsabilidades vinculadas a la aparente filtración de información confidencial se encontraban bajo plena investigación en el marco del expediente principal", citó Servini en su resolución.
El fiscal enfatizó que " la labor periodística cuestionada no era pasible de criminalización, no debiéndose soslayar que lo único que se consignaba en la denuncia –en lo que concernía a los periodistas indicados– era que se habría publicado información clasificada en un medio periodístico. Que esa circunstancia, aislada de todo otro dato adicional, no permitía suponer la posible comisión de una actividad ilícita".