Qué son las cuestiones de privilegio en Diputados

Te contamos qué es una cuestión de privilegio durante una sesión legislativa en el Congreso y quiénes pueden solicitarlas.

31 de enero, 2024 | 15.22

El tratamiento de la llamada "Ley Ómnibus" propuesta por Javier Milei en la Cámara de Diputados es el principal eje de la política argentina en la actualidad. En este contexto, surgen varias preguntas sobre el funcionamiento legislativo del Congreso, y en ese marco se inscribe una de las preguntas más frecuentes: ¿qué son las cuestiones de privilegio en la Cámara de Diputados? Este concepto, aunque a menudo mencionado, no siempre se comprende en su totalidad. Para entender mejor su significado y procedimiento, te contamos todo en este artículo en su naturaleza jurídica y el marco reglamentario que lo rige.

¿Qué son las cuestiones de privilegio?

Las cuestiones de privilegio son mociones que los legisladores pueden presentar durante una sesión cuando consideran que se han afectado los privilegios parlamentarios. Se convierten, así, en un aspecto crucial de la inmunidad parlamentaria, previstas por la Constitución Nacional. Estas prerrogativas protegen a los legisladores en el desempeño de sus funciones, asegurando su inmunidad ante expresiones públicas vinculadas a su labor, la inmunidad de arresto y de proceso, y su dieta. La esencia de estas cuestiones radica en salvaguardar el libre ejercicio del mandato de los diputados y la dignidad de la Cámara.

De acuerdo con la Constitución Nacional, los diputados no pueden ser acusados o molestados por opiniones emitidas en el ejercicio de su función. Además, gozan de inmunidad de arresto durante su mandato, a menos que sean sorprendidos cometiendo un crimen grave. En casos de acusaciones formales, la Cámara tiene la facultad de suspender al legislador y someterlo a la justicia, si así lo decide una mayoría calificada de sus miembros. Sin embargo, muchas veces las mismas suelen ser usadas para que los legisladores se respondan entre sí al momento de la alocución de un tercero, especialmente cuando alguno de los mismos es nombrado o mencionado implícitamente.

Los reglamentos de ambas Cámaras legislativas especifican cómo se deben tratar estas cuestiones. En la Cámara de Diputados, una cuestión de privilegio puede ser presentada como una moción de orden y requiere un trato preferencial, decidido por una mayoría cualificada. Estas mociones están destinadas a discutir violaciones a los privilegios constitucionales de los diputados, ya sea por parte de otro legislador o un tercero, y pueden llevar a decisiones políticas o disciplinarias.

¿Quiénes pueden pedir cuestiones de privilegio y cómo es el procedimiento?

Cualquier diputado puede solicitar una cuestión de privilegio durante una sesión.

Las cuestiones de privilegio pueden ser planteadas por cualquier legislador que considere que se ha violado un privilegio o inmunidad parlamentaria. La denuncia se realiza verbalmente ante la Cámara, y puede dirigirse contra otro legislador o un tercero. Este acto de denuncia tiene como objetivo que la Cámara investigue el hecho y, si procede, adopte una decisión, ya sea política o disciplinaria.

El procedimiento para tratar las cuestiones de privilegio es similar en ambas Cámaras del Congreso. La denuncia presentada es sometida a la consideración del cuerpo legislativo. Si se logra una mayoría calificada de dos tercios, la cuestión puede ser tratada inmediatamente. En caso contrario, se envía a la Comisión de Asuntos Constitucionales para su análisis y posterior retorno al recinto para su consideración final.

En situaciones donde se determina una violación a los fueros parlamentarios, la Cámara puede optar por una resolución política o imponer sanciones disciplinarias. Estas últimas, en el caso de involucrar a un legislador, deben ajustarse a lo establecido por la Constitución Nacional y el reglamento interno de la Cámara. En cuanto a las sanciones a terceros, estas pueden incluir medidas como el arresto temporal, siempre que se cumplan los requisitos reglamentarios y se respete el derecho a la defensa.