Jubilaciones, retenciones y privatizaciones: cómo es el proyecto final de la ley ómnibus

El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto final luego de las modificaciones negociadas con la oposición dialoguista.

22 de enero, 2024 | 09.42

El Gobierno envió hoy al Congreso el proyecto final de la ley ómnibus, en el que introdujo modificaciones negociadas con la oposición "dialoguista" en puntos clave como la fórmula de movilidad jubilatoria, las retenciones al campo, la delegación de facultades extraordinarias y la posibilidad de privatizar las empresas públicas.

De este modo, espera poder darle dictamen al nuevo proyecto mañana en el plenario de comisiones de Diputados, con el objetivo de tratarlo esta misma semana y darle media sanción en la Cámara baja.

Movilidad jubilatoria y jubilaciones

En cuanto a jubilaciones, el gobierno cambió su proyecto. En un primer momento aplicará la fórmula actual de movilidad previsional hasta abril y luego actualizará haberes por la inflación calculada por el INDEC. "El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo", sostuvo en las aclaraciones enviadas.

En paralelo, el nuevo texto elimina las jubilaciones de privilegio para Presidente y Vicepresidente, que se habían mantenido cuando el gobierno de Alberto Fernández eliminó otras jubilaciones de privilegio a inicios de 2020. De este modo "se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los Presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia", señaló el Gobierno en las aclaraciones al proyecto final. Aun así, continuarán existiendo las jubilaciones de privilegio para jueces de la Corte Suprema.

Privatizaciones

Por otra parte, el Gobierno dejó a YPF fuera de la lista de empresas públicas que quedarían "sujetas a privatización". Asimismo, para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa.

Retenciones

Además se establecen retenciones del 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas. De este modo, el proyecto final descarta la posibilidad de aumentar los derechos de exportación de los productos derivados de la soja de un 31 a un 33%.

Facultades extraordinarias

Por otra parte, en cuanto a las facultades extraordinarias del Poder Ejecutivo, se eliminó la declaración de la emergencia en materia social y de defensa y se redujo el plazo de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un año más con aprobación del Congreso. Originalmente, el proyecto establecía la delegación por dos años, prorrogables por otros dos.

Pesca

Respecto al sector pesquero, el proyecto propicia la licitación de las cuotas pesqueras y se refiere a la confusión que se produjo en la anterior redacción como consecuencia de la incorporación de la palabra "internacional". Sobre eso, el Gobierno aclaró: "Esta palabra es removida en esta versión clarificando dicha confusión". También, se eliminaron las derogaciones de los artículos 25 y 40 de la Ley N 24.922, con lo cual se mantiene la obligación de descargar en puerto y de contar con tripulación argentina.

Hidrocarburos

Al reclamo de los gobernadores patagónicos, se introdujeron modificaciones respecto al capítulo de la ley de hidrocarburos. De este modo, "se aclararon los casos en los que correspondía actuar a la Nación o las Provincias" y "se mantuvieron las facultades de la autoridad de aplicación respectiva de controlar los programas de desarrollo y compromisos de inversión", señalaron las aclaraciones oficiales. Además, "se estableció sin duda alguna que la exportación e importación es libre y es un derecho".

Bienes personales

En cuanto al impuesto a los bienes personales, se establece ahora un "beneficio para sujetos cumplidores". "Aquellos contribuyentes que hayan cumplido en tiempo y forma la totalidad de sus obligaciones fiscales respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales de los períodos fiscales 2020 a 2022, inclusive, tendrán una reducción de la respectiva alícuota de dicho impuesto para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026", apuntó el nuevo texto.

Reforma política y electoral

El Gobierno precisó que "se pasó para la discusión de (sesiones) ordinarias la reforma de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados", por lo que estos artículos fueron eliminados del proyecto final de la ley ómnibus.

Seguridad

También se terminó por formalizar la eliminación del artículo 331 del proyecto original "para evitar interpretaciones incorrectas sobre el corte", señaló el Gobierno en el nuevo proyecto. Se trata del artículo que determinaba la prohibición de la reunión de más de tres personas en la vía pública. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ya había adelantado que sería eliminado.

Educación

Por un lado, se encuadra "a la educación como un servicio esencial, respetando el derecho a la huelga en el marco del derecho y deber a la educación para todos". Además, "la educación híbrida y la educación a distancia se regulan con mayor especificidad para promover la presencialidad incorporando gradualmente los entornos virtuales", describió la aclaración oficial. 

Asimismo, "se enriquecen los criterios para distribuir el financiamiento a las universidades nacionales a partir de la experiencia consolidada" y "se introduce un artículo a pedido de las provincias para permitir que la educación secundaria técnica pueda tener la misma duración que los secundarios orientados o hasta un año más".

Cultura

En el ámbito de la cultura, el nuevo proyecto reduce las modificaciones al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) al mantener la asignación económica específica que percibía hasta ahora. 

Además, la versión actualizada del proyecto no propicia el cierre del Fondo Nacional de las Artes (FNA), sino que "se exploran mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística. Así se determina que los directores deberán ser ad-honorem y que los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos". Respecto del INAMU y CONABIP simplemente se restringen sus gastos a que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura.

DNU

Por otro lado, el Gobierno eliminó del texto final de la ley ómnibus al artículo 654, que ratificaba el mega DNU 70/2023 sancionado por Milei en diciembre.

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