Este lunes 22 de enero el Gobierno de Javier Milei presentó la versión final del proyecto de Ley ómnibus con las modificaciones que negoció con los sectores dialoguistas. Entre ellas, destacan dos puntos relacionados a las campañas políticas que proponen un nuevo porcentaje de financiamiento de las empresas a las campañas y la eliminación de la distribución de espacios en los medios para las elecciones.
En el documento final de la Ley ómnibus, se propone, entre otras cosas, la sustitución del artículo 44 bis de la Ley 26.215. Precisamente, Milei quiere permitir que las empresas puedan financiar las campañas políticas. "Límite de recursos privados de campaña por agrupación y de aportes privados de campaña por persona. Para cada campaña electoral, las agrupaciones políticas no podrán recibir de una misma persona humana o jurídica un monto superior al veinte por ciento (20%) de los gastos de campaña", dice el artículo modificado. Entonces, las empresas podrán financiar hasta el 20% de las campañas, mientras que en la actualidad solo se permite el 2%.
Asimismo, el proyecto incita a derogar los artículos 33, 34 y 35 de la Ley N° 26.571. Con la eliminación de este último, se quitaría la distribución de espacios en los medios para las elecciones. Sin embargo, entre las cuestiones a las que dio marcha atrás, se encuentra, por ejemplo, la eliminación de las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias.
Importante cambio en la ley ómnibus: la nueva lista de privatizaciones que aceptó Milei
El gobierno de Javier Milei aplicó una serie de cambios en el proyecto de ley ómnibus enviado al Congreso con el objetivo de facilitar los acuerdos y poder votar esta semana en la Cámara de Diputados, algo que aún se negocia. Una de las principales concesiones del oficialismo fue modificar el megaplan de privatizaciones que impulsaba. Excluyó a varias empresas estatales, aunque con matices en cada caso.
Concretamente, se borró del lista de empresas a privatizar a la compañía petrolera YPF y en los casos de "Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa". Además, se incorporó la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos, según se indicó en el texto que fue recibido este lunes en el Congreso.
Por otra parte, se eliminó el artículo 9 y se amplió la redacción actual el artículo 35 de la Ley N° 24.804 con el fin de mantener el poder de veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima. En tanto, se suprimió el artículo 11 manteniendo la obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para las decisiones que impliquen el cierre de la actividad.