Un plenario de las Comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda del Senado comenzará a analizar el miércoles el proyecto de reforma a la ley de alquileres. La semana pasada se aprobó la Cámara de Diputados por 125 votos aportados mayormente por las bancadas opositoras. La comisión que será cabecera del tratamiento aún debe elegir sus autoridades e integrantes.
La iniciativa que reforma la norma aprobada en 2019 a instancias del por entonces bloque de Cambiemos establece que la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios se reduzca de tres a dos años, con una actualización que podrá efectuarse dentro de un plazo de entre cuatro y doce meses, con un sistema de actualización acordado entre las partes.
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En el Senado, en tanto, la Comisión de Legislación General, que será la cabecera en el tratamiento del proyecto, fue convocada para el miércoles a las 11, para –inicialmente- elegir a sus autoridades y a quiénes la conformarán. El plenario con la Comisión de Presupuesto y Hacienda para debatir el proyecto sobre alquileres fue fijado para las 18.
En qué consiste el proyecto
En ese sentido, establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.
El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados el último miércoles por 125 votos aportados por la mayoría de las bancadas opositoras, a excepción de la Izquierda y de los legisladores libertarios. La iniciativa, que fue considerada en el marco de una sesión especial que duró cerca de cuatro horas, deja sin efecto la actualización anual de los contratos y el indicador que rige en la actualidad, que es un mix que promedia la evolución del IPC y el índice de variación salarial, que es realizado por el Banco Central.
El proyecto fue rechazado por 112 diputados, de los cuales 99 fueron aportados por el Frente de Todos (FdT), 4 por la izquierda, 3 libertarios y 2 del interbloque Federal; mientras que 3 legisladores se abstuvieron de votar (2 socialistas y una legisladora del FDT).
Cuáles son las modificaciones en la Ley de Alquileres
El dictamen de minoría impulsado por Juntos por el Cambio que terminó con la media sanción es bastante más laxo en las condiciones contractuales. Fija dos años de plazo e indexación en base a indicadores que acuerden libremente las partes.
- En la iniciativa, se estipula que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.
- En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
- En relación a los beneficios fiscales a los propietarios, se contempla una reforma del régimen de monotributo para quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.