Ley Bases: RIGI, jubilaciones y reforma del Estado, los principales cambios que votó el Senado

El Gobierno negoció varios cambios en la Ley Bases con la idea de que el proyecto sea aprobado e en el Senado. Entre los cambios hay prohibiciones de disoluciones y privatizaciones. 

12 de junio, 2024 | 20.24

En medio del debate en el Senado por la Ley Bases, se conoció que habrá variaciones en la Ley presentada por el presidente Javier Milei y que, entre otras cosas, hay cambios en el texto que se votará en la Cámara Alta. Con respecto a esta situación, finalmente se acordaron varias modificaciones en el texto tanto en el RIGI como en diferentes organismo donde el Poder Ejecutivo nacional no podrá disponer de la disolución de varios organismos

Según los cambios en el texto, el Poder Ejecutivo nacional no podrá disponer de la disolución de varios organismos entre los que están el CONICET, el Malbrán, CONAE, Incucai y Servicio Meteorológico Nacional, entre los más reconocidos. También podrán disolver organismos vinculados a la cultura. Por otro lado, según lo difundido, estos son los cambios realizados al segmento referido al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI):

-De una forma más acotada, el RIGI resultará aplicable a las “Grandes Inversiones”pero no en proyectos de los sectores de agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología.

Respecto al plan de desarrollo de proveedores locales, el que deberá contener un compromiso de contratación de proveedores locales respecto de bienes y/u obras  para el desarrollo del proyecto equivalente como mínimo al veinte por ciento (20%) de la totalidad del monto de inversión destinado al pago de proveedores correspondiente al proyecto, siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación.

En tanto, los cobros de exportaciones de productos del Proyecto Adherido al RIGI efectuados por los vehículos de proyecto único (VPU) quedan exceptuados en los porcentajes descriptos a continuación de la obligación de ingreso y/o negociación y liquidación en el mercado de cambios: 

-Veinte por ciento (20%) luego de transcurrido dos (2) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU;
-Cuarenta por ciento (40%) luego de transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU; 
-Ciento por ciento (100%) luego de transcurrido cuatro (4) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU.

Dichos fondos en los porcentajes referidos serán de libre disponibilidad.  Por otra parte, las acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU adheridos al RIGI podrán ser transferidos, directa o indirectamente, sin autorización previa de la autoridad de aplicación, debiendo informar de ello a ésta última dentro de los 15 días corridos siguientes de ocurrido.

Los organismos en los que no podrá haber disolución

El resto de los organismos en los que no podrá haber disolución. el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Instituto de la Propiedad Industrial (INPI); el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN); la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE); la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA); la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU); la Comisión Nacional de Valores (CNV); el Instituto Nacional Centro Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); la Unidad de Información Financiera (UIF); el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG); la Administración de Parques Nacionales (APN); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); el Instituto Antártico Argentino (IAA); el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF); el Centro de Investigación Tecnológica de las Fuerzas Armadas (CITEFA); el Instituto Geográfico Nacional (IGN); el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES); el Servicio de Hidrografía Nacional (SHN); el Servicio Meteorológico Nacional (SMN); el Instituto Nacional del Agua (INA); el Servicio Geológico-Minero Argentino (SEGEMAR); el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP); Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (CENARD); Superintendencia de Seguros de la Nación; Superintendencia de Riesgos de Trabajo; la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación.

Todos los cambios

 

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