El ministro de Interior, Guillermo Francos, adelantó que impondrán cambios en el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) de la Ley Bases que entrega recursos a extranjeros por treinta años, quita impuestos y perjudica a las empresas locales. Ahora el funcionario sostiene que evalúan acuerdos para hacer modificaciones al proyecto.
"Va a tener cambios positivos. Se clarificarán algunos aspectos que generaban preocupación en las provincias. Otras saldrán por reglamentación. Se trata de una norma para el incentivo de grandes inversiones. Se propone el RIGI, más allá de las ventajas, porque la Argentina no es un país confiable para el mundo", afirmó Francos.
"El mundo no nos cree. Hay que generar confianza. Además, competimos con Chile y Perú que son confiables. Yo creo que los senadores lo van a aceptar. Con modificación, que son lógicas. Hay obras mineras de gran magnitud. El presidente de YPF dijo que (el RIGI) es fundamental para la producción de petróleo y gas. Sobre todo, en Vaca Muerta", sostuvo en La Nación +.
MÁS INFO
Francos además adelantó que analizan cambiar la escala de impuesto a las ganancias para los trabajadores del sur de la Argentina porque tienen un nivel de vida más caro.
RIGI: la norma de la Ley Ómnibus que estimula el saqueo
El RIGI es un régimen de inversión pensado para atraer grandes proyectos de inversión en los sectores económicos más importantes de nuestro país: Agroindustria; Infraestructura; Forestal; Minería; Gas y Petróleo y Energía y Tecnología. El período de inscripción dura dos años, prorrogable por dos años más por decisión del Ejecutivo. Una primera mirada da cuenta de que son sectores donde el país ya cuenta con ventajas competitivas para atraer inversiones sin necesidad de semejante loteo del negocio ni de tantas concesiones.
Entre los incentivos que introduce el régimen se destacan la reducción del impuesto a las ganancias del 35 al 25 por ciento no resultando de aplicación sobre sus utilidades la escala prevista en el inciso a) del artículo 73 de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias; la suspensión del impuesto a los dividendos distribuidos si se retienen utilidades en los primeros tres años, la cancelación del IVA con certificados de crédito fiscal, el descuento de bienes personales a cuenta de ganancias, la exención de cualquier otro impuesto provincial o municipal, arancel cero para importaciones, retenciones cero desde el tercer año, libre disponibilidad de divisas y estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria por 30 años.