En menos de 15 minutos, la Cámara de Senadores debatió y votó la reforma laboral que quita decenas de derechos de los trabajadores y borrá décadas de luchas obreras. Los cambios impulsados por el gobierno de Javier Milei eliminan multas por trabajo en negro, blanqueas delitos previos, aumentan el período de prueba, cambian el sistema de indemnizaciones, avalan la tercerización y legalizan la precarización laboral. Sólo el radical Martín Lousteau y peronista Mariano Recalde intervinieron antes de la votación del capítulo.
La Reforma Laboral contó con la aprobación de 37 senadores y el rechazo de de 33 legisladores. Hubo dos senadores ausentes. Lousteau alertó que la reforma tiene una moratoria para los que contrataban en negro, pero no tiene ningún incentivo para el empleo en blanco. En este contexto propuso: "una reducción de las contribuciones laborales para incentivar el empleo en blanco. Que se intruya a la AFIP a crear un programa bianual de detección del empleo no registrado que incluya denuncias anónimas, además se premiará la detección de empleo no registrado".
En representación de Unión por la Patria, Mariano Recalde expuso la postura de su bloque para rechazar la medida. "preveé un blanqueo, fundamentalmente la extinción de las acciones penales y de todo tiempo de sanción. Los quitan del registro de incumplidores y hasta se condonan las deudas de los empresarios que evadieron aportes laborales. Como nosotros si creemos que el que las hace, las tiene que pagar y este artículo es lo contrario, vamos a votar negativo".
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Delitos previos: moratoria de evasores laborales
La Reforma quita penas a los empresarios que hayan tenido trabajadores de forma irregular. En una especie de moratoria, borra todos los posibles delitos aplicables: "Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas", indica.
Extiende el período de prueba: permiten despido sin indemnización por un año
En primer lugar, extiende la jornada de prueba o período de "pasantía". Actualmente son de tres meses, pero la propuesta es extenderlos a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores, y de un año para mini pymes de hasta 5 trabajadores.
Cambia indemnizaciones por un fondo de cese laboral: el trabajador paga su despido
La Ley implementa el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones. De esta forma, las empresas y los trabajadores aportan un 8 por ciento del salario a un fondo de cese laboral pese a que es posible que no exista un despido.
"Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina", indica la ley en su artículo 92.
Elimina multas por empleo en negro: es lo mismo contratar formalizados que no hacerlo
Elimina las multas por trabajo en negro y la doble indemnización para los trabajadores despedidos que no recibieron aportes.
Quita las penas para empresas que tercerizan trabajadores
Un trabajador tercerizado es aquel que es empleado por una empresa para trabajar en otra. Es el caso de por ejemplo los empleados de limpieza de los trenes que son contratados por Servisub pero se desempeñan para el Estado en las líneas Roca y Sarmiento. En la actualidad si un trabajador tercerizado está en negro o es despedido, la empresa que lo emplea es responsable de su situación laboral. Con el cambio en la Ley Bases esa "solidaridad" en la responsabilidad se elimina.
"Mediación. Intermediación. Solidaridad. Subsidiariedad. Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas", afirma el artículo 87 de la Ley Bases.
Trabajadores colaboradores: empleados sin derechos
Una empresa podrá contratar a cinco trabajadores sin considerarse un empleador y acogerse a un régimen especial que lo exime de responsabilidades. "El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco (5) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo nacional", sostiene el artículo.
Trabajadores estatales pasan a disponibilidad para ser despedidos
El artículo 52 de la Ley Bases establece que los trabajadores estatales pasan a situación de disponibilidad por un año para después ser despedidos.
"Los agentes que se encontraren en situación de disponibilidad deberán (i) recibir la capacitación que se les imparta; o (ii) desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional", afirma.