Revocan la prisión domiciliaria a Amado Boudou, pero no vuelve a la cárcel hasta que el fallo quede firme

El ex vicepresidente seguirá en libertad hasta que el fallo quede firme, según resolvió la Justicia Federal en la causa donde está condenado por la venta de la ex-Ciccone Calcográfica.

21 de abril, 2021 | 16.49

La Justicia Federal revocó el beneficio de la prisión domiciliaria al exvicepresidente Amado Boudou. Sin embargo, determinó que solo volverá a prisión cuando la condena quede firme. 

La decisión es en el marco de la condena a cinco años y diez meses de prisión en la causa por la venta de la ex-Ciccone Calcográfica, informaron fuentes judiciales. La decisión fue tomada por el juez de ejecución Ricardo Basílico. De esta forma, Boudou volverá a cárcel común cuando el fallo quede firme. El magistrado hizo lugar al pedido de los fiscales que en diciembre habían reclamado que el ex vicepresidente vuelva a la cárcel cuando la Corte Suprema de Justicia dejó firme su condena por cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública. 

Más allá de la decisión del magistrado, se espera que la defensa apele al fallo de Basílico y la decisión quedará en mano de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El ex vicepresidente había logrado la prisión domiciliaria el 6 de abril de 2020 por decisión del juez Daniel Obligado, quien consideró que en ese momento el fallo no estaba firme y que había una situación de vulnerabilidad en el cuidado de sus dos hijos.

Luego, en marzo, justamente esta misma Cámara Federal de Casación había anulado por "vicios procesales" el fallo que revocó la prisión domiciliaria al ex vicepresidente Amado Boudou y ordenó dictar una nueva resolución sobre si le corresponde o no mantener ese beneficio, mientras cumple su condena en el caso Ciccone.

En el fallo, el magistrado expresó: "He de revocar el arresto domiciliario oportunamente dispuesto por el Juez que me precediera en la función respecto del condenado Amado Boudou de las demás condiciones personales obrantes en autos, debiendo, una vez que se encuentre firme esta resolución, hacerse efectiva la constitución en detención del mencionado, en la Unidad Penitenciaria que se determine por el Servicio Penitenciario Federal”". 

Por otro lado,  "corresponde rechazar la solicitud de mantener el arresto domiciliario efectuado por la defensa de Amado Boudou por no advertirse, en el caso, la afectación al alegado ‘interés superior del niño’, toda vez que los niños se hallan contenidos material, moral y afectivamente”.  

La defensa de Boudou había reclamado en una audiencia celebrada el 14 de marzo que se extendiera la prisión domiciliaria al también exministro de Economía porque lo único que se modificó desde que obtuvo ese beneficio es que su condena quedó firme, algo que, según se expuso, no alcanza para modificar la modalidad de encierro.