Filtración de chats: Ramos Padilla expuso las irregularidades de la investigación de Comodoro Py y la duplicación de causas

El juez resolvió que la denuncia que hizo Kicillof contra D’Alessandro y Robles pase a los tribunales de Retiro. En el mismo escrito cuestionó el archivo del caso en Comodoro Py y dijo que es la Corte la que debe intervenir. No obstante, señaló que esa decisión final la debe tomar la jueza natural del caso que por ahora es la cuestionada María Eugenia Capcuhetti. 

13 de febrero, 2023 | 21.00

El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, resolvió este lunes que la denuncia por la filtración de chats que realizó el gobernador Axel Kicillof contra el ministro de Seguridad y Justicia porteño, Marcelo D’Alessandro, y Silvio Robles, mano derecha del presidente de la Corte Suprema Horacio Rosatti, debe remitirse a los tribunales de Comodoro Py. No obstante, en su resolución de 17 páginas el magistrado cuestionó cómo se abordó el archivo del caso en los tribunales federales de Retiro.

Ramos Padilla también consideró que el Alto Tribunal debe intervenir de manera directa en lugar de los tribunales inferiores por tratarse de un tema de competencia originaria de la Corte, aunque señaló que esa decisión final la debe tomar la jueza natural del caso que por ahora es María Eugenia Capcuhetti.

Antes de resolver sobre la denuncia que hizo Kicillof por “tráfico de influencias” y “violación de los deberes de funcionario público”, Ramos Padilla ordenó una certificación de todas las causas que había en trámite contra D’Alessandro y Robles. El resultado de esa medida expuso la operación que tejieron Juntos por el Cambios y sus aliados en pos de contener el escándalo en Comodoro Py. El juez ordenó las denuncias que hubo de forma cronológica y desarrolló por qué el juez Sebastián Ramos y el fiscal Carlos Stornelli no actuaron como lo establece la ley. 

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Entre las irregularidades mencionadas por Ramos Padilla se destacan:

-Que hubo una duplicación de causas en pos de llevar el caso a un juzgado “amigo”.

-Que no se debía haber abierto la feria para tratar el tema ya que no es uno de los temas habilitados para ser abordados de forma “extraordinaria”.

-Que Comodoro Py se apresuró en cerrar la causa sin seguir lo que estipula la ley. Es decir, considerar cuántas causas sobre el mismo tema había en trámite, donde se instruían y qué estado tenían. 

Han aparecido numerosas causas duplicadas”, señaló Ramos Padilla en la resolución a la que tuvo acceso El Destape. Y explicó: “En efecto, se ha podido verificar que, luego de la primera denuncia, radicada en la provincia de Santiago del Estero, y de algunas medidas de prueba que allí se dispusieron (secuestro y/o entrega de teléfonos), se sucedieron velozmente otras similares en distintas jurisdicciones. Algunas de esas denuncias fueron impulsadas por gobernadores, que expusieron su interés en la cuestión –vinculado con la coparticipación de recursos fiscales que reciben sus provincias–, y otras a partir de presentaciones de abogados que no lograron demostrar ningún tipo de interés particular ni aparecían vinculados al hecho que se investiga”.

Ramos Padilla también resaltó la participación del abogado del "copito" Carrizo: “De la certificación efectuada surge que fue precisamente a partir de una de las denuncias efectuadas por un abogado particular –la del Dr. Gastón Marano– que un juzgado y una fiscalía de feria, sin siquiera incorporar ni valorar las presentaciones hechas por los gobernadores y lo actuado en las otras causas duplicadas en trámite, habilitaron la feria judicial y dispusieron el inmediato archivo de las actuaciones”.

El juez fue Ramos, que subrogaba en lo de Capuchetti. El fiscal, Stornelli.

La cronología que surge de la resolución de Ramos Padilla da cuenta de cómo se fue armando la operación:

-Según pudo establecer Ramos Padilla, la primera denuncia contra D’Alessandro y Robles la presentó el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, el 2 de enero. Lo curioso de este caso es que “recién fue acumulada a la causa CFP 16/2023 (que se reseñará en el siguiente apartado) el día 30 de enero”, esto es, que se acumuló a la causa que tenía Ramos pero dos semanas después de que aquella fuera archivada porque el fiscal procesado Carlos Stornelli no le dio impulso penal. 

-La segunda denuncia la realizó el abogado Gastón Marano, defensor de Gabriel Carrizo en el caso del atentado a Cristina Fernández de Kirchner. Esta presentación fue realizada a la medida de Cambiemos y sus aliados y fue la que se tomó para archivar el caso, el 17 de enero. Esta presentación recayó en el juzgado federal 5, que durante la feria subrogó Ramos. Esta denuncia se hizo el 3 de enero, al día siguiente de que Zamora acudiera a la Justicia.

-La tercera denuncia la realizó Nicolás Nahuel Giansanti el 3 de enero y como informó este medio, es un calco de la de Marano. Fue acumulada justamente a esa otra denuncia.

-La cuarta denuncia se inició el 4 de enero “mediante una ampliación de denuncia contra Marcelo D'Alessandro por la comisión del delito de falsa denuncia, con la intervención del Juzgado Federal N° 6 de Capital Federal. A diferencia de sus predecesoras, no conllevó habilitación de feria y, al menos hasta la fecha de la certificación ocurrida el 31 de enero de 2023, no había iniciado su trámite”. 

-La quinta denuncia se hizo el 5 de enero ante la justicia federal de La Rioja. También terminó acumulada en la causa de Comodoro Py que se abrió con denuncia de Marano.

-A estas presentaciones se sumó la de Kicillof que ahora resolvió Ramos Padilla.

Ramos Padilla decidió este lunes remitir la denuncia del gobernador bonaerense “a conocimiento del tribunal capitalino que ha acumulado todas las denuncias vinculadas a este asunto. Todo ello sin perjuicio de señalarle a la defensa que, con las probanzas acumuladas a este expediente, no me es posible dictar el archivo de las actuaciones, tal como ocurrió en el marco de la causa CFP 16/2023”, es decir, en la de Marano.

Entre otras cosas, el juez de La Plata destacó que no “han sido arrimados al expediente elementos de prueba serios y objetivos que permitan afirmar que las comunicaciones de Robles y D´Alessandro provienen de acciones de espionaje ilegal en los términos establecidos por la ley 25.520”, lo que pone en jaque la defensa que esgrime el ministro porteño. 

¿Qué dijo Ramos Padilla al respecto? Que “el delito de espionaje ilegal se configura únicamente con la intervención de un funcionario público; es decir, cuando es el Estado el que realiza o participa de algún modo en la actividad de espionaje, cuestión que, al menos de momento, no ha sido verificada”. Esto apunta a que no está para nada constatado que la filtración de chats de D’Alessandro fue producto de un espionaje ilegal.

En esta línea, el magistrado concluyó: “Más allá de estas consideraciones, el complejo análisis de la admisibilidad o inadmisibilidad de la prueba aportada impone que la cuestión traída a estudio deba ser analizada por el juez o tribunal competente, contando para ello previamente con las posturas de las partes y el resto de la prueba que eventualmente pueda aportarse al caso, y no de manera presurosa en una denuncia posterior idéntica o similar a la que tienen otros magistrados”.

Competencia originaria de la Corte

Para Ramos Padilla, la Corte es la que debiera intervenir en este caso que involucra a D’Alessandro y Robles y no un tribunal inferior. “No puedo dejar de señalar que, en virtud de la naturaleza de las cuestiones denunciadas y el manifiesto interés que determinadas provincias han expresado en el caso, podría resultar competente en este asunto la Corte Suprema de Justicia de la Nación en instancia originaria y exclusiva”, señaló Ramos Padilla.

¿Por qué sostuvo esto el juez federal de La Plata? Porque “el objeto de la denuncia es la actividad funcional de la Corte Suprema –a partir de un supuesto tráfico de influencias– ocurrida precisamente en un caso de competencia originaria que versa sobre cuestiones de coparticipación federal –que aún se encuentra en trámite ante el Máximo Tribunal–, y otro vinculado a la composición de un órgano previsto en nuestra Constitución Nacional –el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación–.” 

No obstante, a pesar de los diferentes argumentos que esgrimió, Ramos Padilla consideró que “corresponde que sea la magistrada titular del juzgado que ha acumulado las distintas denuncias la que analice –tras convocar a los denunciantes, si lo considera necesario–, si se encuentra frente a alguno de los supuestos de competencia originaria y exclusiva en los que se impone la actuación del Máximo Tribunal de la Nación y se desplaza la competencia de los tribunales inferiores”. Es decir, que ahora la última palabra la tendrá la cuestionada jueza María Eugenia Capuchetti.