Cúneo Libarona confirmó la edad de imputabilidad que busca el gobierno de Milei

El ministro de Justicia anunció cuál será la nueva edad de imputabilidad para los menores, si el Congreso aprueba el proyecto de ley oficialista. Además destacó el diálogo con Bullrich y su cartera.

01 de junio, 2024 | 11.10

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, se refirió al proyecto del gobierno para bajar la edad de imputabilidad -actualmente fijada en 16 años- y confirmó que el gobierno de Javier Milei busca que esté anclada en los 13 debido a los informes estadísticos que realizaron en los últimos meses. Además, elogió el accionar de Patricia Bullrich como ministra de Seguridad

En diálogo con Radio LU12 de Río Gallegos, el funcionario señaló que, más allá de lo planteado en primer momento -que se baje a 14 años-, el contexto de Argentina hizo rever la propuesta inicial. "Yo creo que va a quedar anclado en los 13 años, sobre todo teniendo en consideración que en los últimos dos meses, que estabamos trabajando en la materia e inclinados por los 14 años, sucedieron muchos hechos de chicos de 13", señaló.

"El chico no es solamente de 16, como era la ley en 1980. Estábamos entre 13 y 14 años, y los informes estadísticos que habíamos analizado, la legislación mundial y demás, nos llevaba a ese debate. Y estábamos resolviéndolo en ese sentido", profundizó. Mientras que, al mismo tiempo, destacó el rol de Bullrich con quien tiene "mucho diálogo" y "se involucra personalmente, delineando las pautas finales" de lo que será el proyecto que pronto llevarán al recinto.

"Acaba de ser detenido por la Policía de Santa Fe el asesino del playero Bruno Bussanich, de Rosario. Asesinato que destruye toda una familia. Es nuestra obligación que, en casos como estos, se haga justicia. Ya está entrando al Congreso de la Nación la Ley de Imputabilidad, para que nunca más crímenes como estos queden impunes", anunció Bullrich el 28 de marzo pasado, a través de sus redes sociales. 

Cúneo Libarona comenzó con dicha discusión, respecto de la reforma del régimen penal juvenil, al inicio de su gestión, en diciembre del año pasado. "La ley actual es de hace cinco décadas; la criminalidad era otra, muy distinta a la de ahora. Hay que cambiarla completamente", criticó. Mientras que, por otro lado, aseguró que "hay consenso" a nivel legislativo para realizar dichas modificaciones pero que "nunca se ha hecho" porque "los políticos hablan y escriben pero no hacen".

Cabe destacar que, además de la baja de la edad de imputabilidad, el ministro de Justicia nacional busca que se realicen procedimientos y brinden herramientas para que el adolescente se reinserte en la sociedad una vez cumplida la pena. "No te sirve meterlo preso, te sirve un tratamiento en serio, no esta porquería (en relación a los institutos de menores)", sentenció.

Qué dice el Régimen Penal de la Minoridad

La Ley N° 22.278 es la que establece el régimen penal aplicable a los menores incursos en delitos, promulgada en agosto de 1980. Dicha normativa indica que en Argentina los menores son punibles a partir de los 16 años y solo pueden ser condenados por delitos "de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación". Al mismo tiempo, dicho régimen indica que tampoco pueden ser privados de su libertad en unidades para mayores hasta cumplir los 18 años: deberán atravesar la pena impuesta en institutos especializados para menores.

En caso de ser hallado culpable por los delitos que se encuentren por fuera de lo mencionado previamente, se impodrán penas supeditadas a tres requisitos: que haya sido declarada su responsabilidad penal y civil conforme a normas procesales, que haya cumplido 18 años de edad y que haya sido sometido a un período de tratamiento tutelar no inferior a un año (prorrogable en caso necesario hasta la mayoría de edad).

Cumplidas estas condiciones -si las modalidades del hecho, antecedentes del menor, resultados del tratamiento tutelar y la impresión directa del juez hicieren necesario aplicarle una sanción- será resuelto por el magistrado. A su vez, todo lo relativo a la reincidenciano es aplicable al menor que sea juzgado por delitods cometidos antes de cumplir los 18 años. Si fuera juzgado por un delito cometido posterior a dicha edad, las sanciones previamente impuestas podrán -o no- ser tenidas en cuenta por el juez.

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