La Cámara Federal porteña declaró hoy la "nulidad" de los procesamientos al exministro de Transporte Guillermo Dietrich; a su par de Hacienda, Nicolás Dujovne; al exministro de Energía Javier Iguacel; y al exprocurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías, en la causa que investiga la renegociación de la concesión de peajes en los accesos Norte y Oeste entre 2016 y 2018 y que habría beneficiado a empresas del Grupo Macri.
La decisión fue adoptada por la sala II del tribunal de apelaciones, con los votos de los polémicos jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, quienes argumentaron que, cuando esos exfuncionarios fueron indagados por el ahora jubilado juez Rodolfo Canicoba Corral, no se les permitió el pleno acceso a la prueba que había en su contra, indicaron fuentes judiciales.
Se trata de los cuatro exfuncionarios de Cambiemos procesados en la causa en la que se investiga si desde el Gobierno de Mauricio Macri se favoreció a empresas concesionarias de peajes, como Autopistas del Sol S.A (AUSOL), vinculadas comercialmente con empresas de la familia del expresidente.
Irurzun es el hombre que creó la doctrina que lleva su apellido y se orientó a perseguir y apresar a los dirigentes opositores, durante la gestión de Cambiemos, en base a sus contactos o lazos de poder. Recientemente, su nombre volvió al centro de la escena después de una reunión que mantuvo con Fabián "Pepín" Rodríguez Simón, operador judicial del líder PRO, en un bar. También fue señalado por Cristina Kirchner, junto a Bruglia, por haber consagrado “una vez más la impunidad para Mauricio Macri” ya que ambos limitaran el peritaje ordenado por la juez María Romilda Servini a las llamadas telefónicas en la causa que investiga presiones al Grupo Indalo.
Bruglia fue parte de la mayoría que convalidó, junto a Irurzun, prisiones preventivas contra funcionarios kirchneristas, como Amado Boudou y Julio De Vido. También votó por confirmar los procesamientos dispuestos por jueces de primera instancia contra Fernández de Kirchner en causas conocidas como “Vialidad” y “Los Sauces”, en las que la ex presidenta fue procesada por el juez Julián Ercolini. Parte de la agrupación Compromiso Judicial dentro de la Asociación de Magistrados, fue nombrado subrogante en 2016 en la Sala I de la Cámara Federal. En 2018, con impulso del oficialismo, el Consejo de la Magistratura propuso su traslado definitivo a este tribunal y, en abril, Macri firmó el decreto de traslado.
Los hombres del lawfaer sostuvieron que "si el pronunciamiento se apoya sobre pruebas a las que previamente no se tuvo posibilidad de controlar o confrontar para alegar sobre ellas, se genera un perjuicio directo sobre el derecho de defensa. El procesamiento así dictado es nulo". "La indagatoria debe cumplir con los requisitos básicos de informar los hechos y pruebas en contra del imputado. Y además, según la jurisprudencia del Tribunal, es exigencia ineludible que se ponga a su disposición -aunque no sea posible inmediatamente en el acto- las pruebas que se enunciaron como de cargo", plantearon en el fallo de cuatro páginas al que tuvo acceso Télam.
Los jueces reseñaron que "cuando se indagó a los imputados, la causa no estaba en secreto -tampoco luego-" y que "en las audiencias se enumeró como prueba de cargo la documentación reservada de la causa, identificándose expedientes administrativos y otras constancias". Además, relataron que el acceso a esas pruebas fue requerido por las defensas técnicas en "múltiples oportunidades desde que los encartados fueron citados a declarar el 30 de junio de 2020" y que "ni antes, ni durante, ni después de las audiencias tuvieron la posibilidad de confrontar el contenido de cualquiera de esos elementos que se les enunciaron" como reservados. Los jueces Bruglia e Irurzun apuntaron que, en su momento, Canicoba Corral -cuyo juzgado ahora es subrogado por Julián Ercolini- les dijo a los imputados que no era obligatoria la exhibición de esa prueba.
En este expediente se investigan maniobras a través de las cuales las empresas AUSOL y Grupo Concesionario Oeste S.A. lograron prolongar la concesión de los peajes de los accesos Norte y Oeste respectivamente hasta 2030, sin pasar por un previo proceso licitatorio. De esa forma, lograron que el Estado les reconociera deudas de 499 millones de dólares y 247 millones de dólares, según el caso.
Cuando los procesó, a fines de julio pasado, el entonces juez Canicoba Corral sostuvo que tanto Dietrich como Iguacel, que por entonces era el titular de Vialidad, y Frías habrían actuado "direccionando toda negociación y contratación" para beneficiar a empresas vinculadas con el Grupo Macri. A Dujovne lo encontró responsable de omitir "intencionalmente intervenir en el trámite de renegociación contractual, el cual debería haber suscripto y en todo caso, haber confeccionado los informe técnicos, económicos y dictámenes jurídicos propios de esa cartera con incumbencia en la materia".
La pesquisa gira en torno a un reconocimiento de multimillonarias cifras a las empresas concesionarias por inversiones supuestamente realizadas "pese a no contarse con un informe técnico integral y exhaustivo con respaldo documental que valide o justifique el millonario monto de inversión reconocida", según consta en el expediente.
Al dictar los procesamientos, Canicoba Corral había remarcado que para justificar el reconocimiento de una supuesta deuda a las empresas beneficiadas se utilizó una "supuesta presión de un trámite arbitral ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)" en base a una demanda contra la Argentina "que, según pudo determinarse en esta investigación, resultaba de casi imposible acogida favorable".
La demanda ante el tribunal internacional, formulada por una empresa que había estado vinculada al grupo Macri y presentada pocos días antes de que el expresidente asumiera en el cargo, sirvió -según la investigación- para intentar simular un contexto internacional que justificara que el Estado argentino reconociera a las concesionarias lo que reclamaban.
Pese a todo ello, el 26 de junio de 2018 "se celebraron en favor de Autopistas del Sol S.A. y Grupo Concesionario Oeste, los Acuerdos de Renegociación Contractual de contratos de Concesión del Acceso Norte y Acceso Oeste", había remarcado Canicoba Corral. El juez calculó un posible perjuicio por 499 millones de dólares reconocidos en el contrato a Autopistas de Sol y 247 millones de dólares en el caso del Grupo Concesionario Oeste SA. Télam.