La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) revocó este martes la Asignación Mensual Vitalicia (jubilación de privilegio) que percibía el exvicepresidente Amado Boudou tras la confirmación de su condena penal definitiva por delitos cometidos en el ejercicio de su función pública. Lo determinó luego de haber hecho lo mismo con la jubilación y pensión de privilegio de Cristina Kirchner la semana pasada y pese a que había un antecedente directo del propio organismo previsional que iba en sentido contrario.
La decisión, oficializada mediante la Resolución 1103/2024 publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en que la condena por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública descalifica a Boudou para recibir beneficios graciables otorgados bajo la Ley 24.018. La semana pasada, tras quitarle la jubilación de privilegio a CFK, el Gobierno confirmó que avanzaría con la misma medida para con el exvicepresidente, dado que también tiene una condena firme, que ya cumplió, por el caso Ciccone.
En los considerandos de la resolución, la Anses destacó que "la indignidad sobreviniente respecto del beneficiario de una asignación otorgada [...] afecta también al derecho a la percepción de una gracia que acompañe el ejemplar desempeño de una magistratura relevante". Además, señaló que la asignación otorgada es "una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor" y que estos valores fueron violados por conductas delictivas que perjudicaron al erario público.
El organismo subrayó que el beneficio otorgado bajo esta normativa carece de inalienabilidad e irrevocabilidad ya que está supeditado al buen desempeño en el cargo: "El mal desempeño [...] resulta jurídicamente incompatible con una conducta deshonrosa de parte del beneficiario, determinada con fuerza de verdad legal", apuntó.
La resolución busca establecer un mensaje de ejemplaridad, argumentando que "la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política un significado ejemplar".
El 18 de junio 2020, el entonces procurador del Tesoro, Carlos Zannini, firmó una resolución a través de la cual restituyó la pensión de privilegio a Boudou. Como resultado inmediato, la Anses habilitó el pago de la pensión vitalicia pero se determinó que no la perciba de manera retroactiva. La Corte Suprema de Justicia había confirmado la condena contra Boudou en el caso Ciccone, pero a pesar de eso siguió cobrando su haber.
La semana pasada, el abogado previsional Facundo Fernández Pastor explicó en su cuenta de X (ex Twitter): "Si conocieran algo sobre la ley 24.018, sabrían que la única causa para perder el beneficio es el juicio político. No porque lo diga yo, así lo resolvió la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el fallo Smart, para restablecer el beneficio de un magistrado al que se lo sacaron, por haber sido condenado por delitos de lesa humanidad". Por lo tanto, el mismo argumento cabría para determinar la ilegalidad de quitarle la jubilación de privilegio a Boudou.