La llamada "Ley Ómnibus" impulsada por el presidente Javier Milei está generando fuertes debates en la sociedad argentina, que incluye entre sus múltiples cambios una reforma significativa en el proceso de divorcio. La iniciativa de Milei propone una transformación radical, buscando agilizar el proceso para aquellas parejas que decidan separarse de mutuo acuerdo.
Este cambio al sistema actual plantea una serie preguntas sobre ciertos temas relacionados a este tipo de procesos. A continuación, en este artículo te contamos los aspectos clave de esta propuesta.
¿Qué cambiaría en el divorcio con la ley ómnibus de Milei?
El llamado proyecto de "Ley Ómnibus", presentado por el presidente Javier Milei, introduce un concepto nuevo en el derecho matrimonial argentino: el divorcio exprés sin intervención judicial. Esta modalidad permitiría a las parejas disolver su matrimonio mediante un simple trámite administrativo en el Registro Civil, sin la intervención de abogados o jueces. Este procedimiento, pensado para aquellos que alcanzan un acuerdo mutuo, representa un cambio significativo respecto a las normativas actuales.
El artículo 352 del nuevo capítulo III del proyecto de ley modifica el Código Civil y Comercial argentino. El proyecto incorpora el inciso d) al artículo 435, estableciendo que la "comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, tendrá los mismos efectos que el divorcio". Esta disposición propone simplificar proceso, reduciéndolo a un acto administrativo. Actualmente, las causales para la disolución del matrimonio en Argentina incluyen la muerte de uno de los cónyuges, la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento y el divorcio declarado judicialmente. Con la inclusión del inciso d) en la Ley Ómnibus, se añade una cuarta vía, alejando el proceso de la esfera judicial y situándolo en el ámbito administrativo.
El presidente Milei argumenta que esta modificación busca modernizar la legislación y respetar la libertad individual. Es un enfoque que sigue modelos adoptados en otros países, donde el divorcio administrativo ya es una realidad. Sin embargo, esta propuesta ha generado un debate sobre sus posibles efectos en la sociedad argentina.
¿Qué pasaría con la custodia y tenencia de los hijos?
Una de las cuestiones más delicadas en el proceso de divorcio es la custodia y tenencia de los hijos. La Ley Ómnibus de Milei, al introducir el divorcio exprés, abre interrogantes sobre cómo se manejarán estos aspectos en adelante. Si bien la ley facilitaría el proceso de separación, no se especifica cómo se abordarán los temas relacionados con los hijos en estos casos.
En el divorcio tradicional, donde interviene el poder judicial, se suelen considerar detenidamente los aspectos relacionados con la custodia, el bienestar de los hijos y las obligaciones económicas de las partes hacia ellos. Este proceso garantiza que se tomen decisiones pensando en el mejor interés de los menores. Sin embargo, en un divorcio administrativo, este nivel de deliberación podría no estar presente. Estos mecanismos, que podrían modificarse en el Congreso o en una eventual reglamentación, debieran asegurar que tanto la custodia como las responsabilidades económicas se asignen de manera justa y equitativa, priorizando siempre el bienestar de los menores.
Además, es probable que la ley genere un aumento en el número de divorcios, dada su simplificación del proceso. Esto podría llevar a una mayor cantidad de casos en los que se deba determinar la custodia de los hijos fuera del ámbito judicial. La ley, por lo tanto, debería contemplar procedimientos claros para estos escenarios.