Un juez ya activó un recurso colectivo contra el mega DNU de Javier Milei

La Justicia resolvió admitir el primer amparo colectivo contra el mega DNU. Los detalles de la decisión.

23 de diciembre, 2023 | 13.17

La Justicia resolvió admitir el primer amparo colectivo contra el mega DNU de desregulación económica, anunciado por el presidente de la Nación Javier Milei esta semana. Se trata de una acción judicial presentada por organizaciones como ATE y la CTA, junto al Observatorio de del Derecho a la Ciudad, que solicita la declaración de inconstitucionalidad y "nulidad absoluta" del decreto 70/2023.

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, a cargo de Esteban Furnari, admitió el amparo y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos, según el texto de la resolución a la que accedió Télam.

Qué dice la demanda 

La presentación había sido realizada el jueves por el Observatorio del Derecho, junto al secretario general de la CTA Autónoma, Hugo “Cachorro” Godoy; el presidente de Unidad Popular, Claudio Lozano y el titular de ATE nacional, Rodolfo Aguiar.

En el documento al que tuvo acceso El Destape, explican que la solicitud de “inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable” es en virtud de que se constituye “el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público, por violar el principio republicanos, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

El objetivo de la demanda busca obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del DNU que fue presentado esta semana en cadena nacional por el presidente Javier Milei y publicado el jueves en el Boletín Oficial, por constituir "el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público" y violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3).

Los demandantes solicitaron una medida cautelar que suspenda los efectos de la norma, así como la suspensión del artículo 24 de la Ley 26.122 del Régimen Legal de los DNU que establece que "el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación".

En el escrito, destacaron que “desde la recuperación de la democracia en el país, hace 40 años, que no se ha visto una concentración de poder tan mayúsculo por los que la ‘vida, el honor o las fortunas de los argentinos van a quedar a merced’ de una persona, el presidente y su Gobierno”, alertaron y señalaron que “pone en juego el sistema democrático y republicano” al constituir “la concentración del poder pública”.

 Dada la cantidad de modificaciones, emprendidas en el DNU sin consulta previa al Congreso, los demandantes entienden que “se restringe el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos directamente y a través de los representantes libremente elegido”.