El Gobierno reglamentó la aplicación del "silencio positivo" para los trámites de la administración pública nacional, mediante el cual la falta de respuesta por parte de los organismos oficiales, en un plazo determinado, implicará que el trámite en cuestión se dará por aprobado. Así lo hizo mediante el Decreto 971/2024, publicado en el Boletín Oficial, en el que detalló qué trámites quedaron incluidos y cuáles fueron excluidos de este procedimiento.
Se trata de parte de la normativa aprobada en la Ley Bases, en junio pasado. En agosto , en un primer tramo de la reglamentación, el Gobierno había determinado que "a partir del 1º de noviembre de 2024 las reparticiones de la Administración Pública Central, incluidos los organismos desconcentrados, deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales trámite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos". Ahora, llegada esa fecha, se conoció el detalle de los trámites incluidos y excluidos de esta modalidad.
En ese momento, la reglamentación del artículo 31 de la Ley Bases, que modifica el artículo 10 de la Ley 19.549, generó polémica por habilitar “negocios inmobiliarios” de privados con bienes del Estado, al habilitar a que sólo a través de una falta de respuesta del Estado un privado pueda quedarse con tierras estatales.
Además, el decreto determinó que "las reparticiones de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada deberán solicitar la incorporación de los trámites detallados en el Anexo II que en la actualidad tramiten en formato papel a la plataforma Trámites a Distancia (TAD) o a la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos, en un plazo no mayor a CINCO (5) días hábiles administrativos a partir de la entrada en vigencia del presente decreto".
A su vez, el decreto, firmado por el presidente, Javier Milei, y por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, establece que la propia Jefatura de Gabinete será la encargada de "la actualización de los listados de los procedimientos administrativos para la obtención de autorizaciones administrativas regladas de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, consignados en los ANEXOS I y II del presente".
En este marco, los anexos del decreto dieron a conocer tanto los trámites incluidos en el silencio positivo como los que quedaron incluidos de esta modalidad.
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