El gobierno de Javier Milei reglamentó este jueves la reforma laboral impulsada en la Ley Bases y entre las cuestiones más polémicas de sus cambios están: la creación de una moratoria para evasores laborales, extensión del periodo de prueba de hasta 12 meses, quita las penas para empresas que tercerizan, establece que una empresa podrá contratar hasta tres trabajadores sin considerarse empleador y la posibilidad de despedir a un trabajador que bloqueé o tome un establecimiento.
A través del decreto 847/2024 publicado esta mañana en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció los cambios contemplados en el apartado laboral denominado "Modernización laboral" de la ley sancionada a fines de junio por el Congreso. A continuación las principales modificaciones.
Delitos previos: moratoria de evasores laborales
La Reforma quita penas a los empresarios que hayan tenido trabajadores de forma irregular. En una especie de moratoria, borra todos los posibles delitos aplicables: "Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas", se indica en la Ley.
Estas modificaciones están contempladas de los artículos 76 al 81 del apartado laboral, bajo el título "Promoción del empleo registrado". Para implementar esta moratoria se estableció una serie de beneficios a empleadores:
- Condonación del 70% de la deuda por aportes y contribuciones patronales, que será del 90% para micro y pequeñas empresas, y del 80% para medianas.
- Eliminación del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), un listado público donde se podía acceder a estos datos.
- Reconocimiento de hasta 60 meses de servicio para los trabajadores, lo que permitirá alcanzar el mínimo de años requeridos para jubilarse.
Extiende el período de prueba a 6 meses
Los cambios por el período de prueba están incluidos en el artículo 91 de la ley, que establece cambios en la ley 20.744.
- Para cualquier tipo de empresa, el período de prueba será de 6 meses.
- Se podrá ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores.
- Alcanzará a ser de 12 meses en empresas de hasta 5 trabajadores.
Cambia indemnizaciones por un fondo de cese laboral: el trabajador paga su despido
La Ley implementa el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones. De esta forma, las empresas y los trabajadores aportan un 8 por ciento del salario a un fondo de cese laboral pese a que es posible que no exista un despido.
"Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina", indica la ley en su artículo 92.
De esta manera, a partir de ahora habrá tres maneras de finalizar la contratación de un empleado:
- Cancelación individual (actual): el pago es directo del empleador al trabajador, con la posibilidad de acordar plazos y modalidades de pago en distintos convenios colectivos.
- Sistema de Fondo de Cese: se hará con aportes mensuales que se acumularán para cubrir los pagos al finalizar la relación laboral. Este porcentaje será determinado en el convenio colectivo, y las cuentas estarán custodiadas por el Banco Nacional de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Sistema de Seguro de Cese: Los empleadores podrán contratar un seguro para cubrir el cese laboral con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Quita las penas para empresas que tercerizan trabajadores
Un trabajador tercerizado es aquel que es empleado por una empresa para trabajar en otra. Es el caso de por ejemplo los empleados de limpieza de los trenes que son contratados por Servisub pero se desempeñan para el Estado en las líneas Roca y Sarmiento. En la actualidad si un trabajador tercerizado está en negro o es despedido, la empresa que lo emplea es responsable de su situación laboral. Con el cambio en la Ley Bases esa "solidaridad" en la responsabilidad se elimina.
"Mediación. Intermediación. Solidaridad. Subsidiariedad. Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas", afirma el artículo 87 de la Ley Bases.
Trabajadores con colaboradores: empleados sin derechos
Una empresa podrá contratar a tres trabajadores sin considerarse un empleador y acogerse a un régimen especial que lo exime de responsabilidades. "El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco (3) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo nacional", sostiene el artículo. Para estos denominados "trabajadores independientes" se establecerá la figura del monotributo y quienes estén en esta modalidad no podrán tener más de tres trabajos en forma simultánea.
Se podrá despedir a un trabajador que bloqueé o tome un establecimiento
"Podrá configurar grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento", es establece en el artículo 94 de la Ley.