Otro fallo contra Pettovello: la Justicia determinó que debe entregar la comida

En un extenso fallo, el juez  Correa concedió una medida cautelar presentada por UTEP y CELS. Determinó que la ministra debe garantizar el derecho a la alimentación y le advirtió que debe cumplir con los programas alimentarios.

13 de julio, 2024 | 14.11

El juez en lo Contencioso y Administrativo Walter Lara Correa concedió una medida cautelar a la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y determinó que el Ministerio de Capital Humano, a cargo de la ministra Sandra Pettovello, debe garantizar el derecho a la alimentación de las personas que acuden a los comedores populares de todo el país. Para ello, advirtió que se deben continuar con los programas alimentarios así como con la entrega de millones de kilos comida que el gobierno de Javier Milei decidió retener en su embestida contra las organizaciones sociales y políticas.

Desde el CELS precisaron que desde diciembre pasado, distintos comedores y merenderos comunitarios dejaron de recibir mercadería mientras la necesidad de acceso a alimentos se incrementó producto de la crisis económica y social agudizada por el ajuste del propio gobierno. Tanto la UTEP como el CELS presentaron en febrero un amparo colectivo y el reclamo de una medida cautelar para que se garantice de manera urgente el derecho a la alimentación de todas las personas que asisten a estos espacios, con alimentos de calidad, adecuados y en cantidad suficiente.

La medida fue celebrada por el dirigente Juan Grabois en sus redes sociales: “El fallo implica la inmediata restitución de la provisión de alimentos a los comedores comunitarios a través de todas las asociaciones que venían realizándolo. Desde luego esto no impide el correcto ejercicio de poder de auditoría a los comedores, pero es claro en cuanto no se puede generalizar y desabastecer al conjunto por las irregularidades que se detecten en unos pocos”, explicó el dirigente de Argentina Humana y abogado. “Es una nueva victoria jurídica que esperamos que el gobierno acate. (…) sino incurrirían en un nuevo hecho de incumplimiento de deberes de funcionario y eventualmente desobediencia”, dijo el dirigente.

Grabois, también marcó que la medida cautelar "es un paso importante para que se cumplan las partidas presupuestarias ya asignadas por los programas de alimentación a través de los comedores y se ejecuten los fondos entregados por el Programa de Naciones Unidas”, en medio de cifras sobre pobreza, alimentación y empleo cada vez más precarias.

Esta es la octava medida judicial en contra de la Ministra de Capital Humano. Hasta ahora, también se pronunciaron desde los tribinales de Comodoro Py, así como en el fuero penal, aunque Pettovello se excusó y dijo que la Justicia "no puede intervenir" en decisiones de política pública. En este caso, la medida cautelar había sido reclamada también por la Defensoría Pública Oficial Federal, Florencia Plazas, que interviene en el proceso colectivo en representación de todos los niños, niñas y adolescentes que no pueden acceder a una alimentación adecuada, como consecuencia de las medidas adoptadas por el ministerio a cargo de Pettovello

De hecho, Lara Correa apoyó su argumentación en el plateo de Plazas: "La necesidad impostergable de los niños, niñas y adolescentes que deben acudir diariamente a los comedores y merenderos (donde su demanda es la mayoritaria) a fin de poder alimentarse no debe ser puesta en peligro por el Ministerio demandado motivado en requerimientos de auditar y reestructurar la política pública en materia de alimentación", había sostenido la defensora oficial.

Plazas, en un dictamen había pedido que se asegure la continuidad y ejecución de los planes que el gobierno dice que están vigentes -Plan Nacional Argentina contra el Hambre, Programa Nacional Alimentar Comunidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)-, pero respecto de los cuales, advirtió la funcionaria, brindó "escasa información" sobre algunos aspectos. El juez sostuvo que necesitará relevar prueba sobre todo eso pero esperarla generaría "peligro en la demora" con consecuencias que podrían ser irreparables, en un caso en el que considera que el reclamo es verosímil.

"La decisión del juez muestra que, a diferencia de lo que sostiene el Gobierno, las políticas de transferencia directa de ingresos a las personas no son suficientes para resolver la integralidad y multicausalidad de este problema, ni mitigan los efectos de la recesión en el mundo laboral y no alcanzan para rebatir los efectos del retiro del Estado -y su apoyo a las organizaciones- en los territorios", indicaron en un comunicado del CELS.

Esa última información fue señalada en el segundo informe de la mesa intersectorial La Cocina de los Cuidados: "La medida judicial es un paso importante para que se ejecuten las partidas presupuestarias ya asignadas y los fondos entregados por el PNUD. Mientras tanto, en el proceso judicial debe todavía dictarse una sentencia que exija al Estado de manera continua y permanente cumplir con las políticas alimentarias definidas por el Congreso Nacional en las leyes 25.724 y 27.642", dijeron.

Qué dice el fallo

Al hacer lugar a la medida cautelar oficial, Lara Correa resolvió: "Dispóngase que el Estado Nacional-Ministerio de Capital Humano no innove respecto de los planes y programas enunciados (...) los cuales deberán ser cumplidos de manera cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna", dijo en referencia a los planes contra el Hambre, Alimentar y el del PNUD.  

En esa línea, aclaró al Gobierno ultraderechista que esta situación "no obsta a las facultades que posee el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de reestructurar, revisar y auditar la ejecución de los diferente programas y/o planes", es decir, puede continuar con las auditarías que dice llevar adelante. "Así como tampoco (obsta al PEN), la potestad de creación de nuevos programas complementarios siempre que el colectivo identificado y, a quien se encuentra dirigido el programa satisfaga de manera efectiva su derecho". Por lo que pueden crear iniciativas complementarias, siempre y cuando, no afecten el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes, de manera que no se interviene en la creación de política pública, como el Ministerio alegó ante los tribunales anteriormente.

"Hágase saber que, lo aquí resuelto, no trae aparejado la imposibilidad del ejercicio del poder de policía que detenta la autoridad de contralor sobre los comedores y/o merenderos “preinscriptos” y/o “matriculados” con o sin convenio del PNUD", apuntó en su fallo Lara Correa. A continuación, también solicitó que el Estado Nacional-Ministerio de Capital Humano, presente un informe mensual acerca del desarrollo de las políticas públicas vinculadas con los comedores y/o merenderos.

 

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