El gobierno de Javier Milei oficializó la suspensión de la pauta oficial 

La paralización de la campaña institucional de publicidad y de comunicación será por un año pero hay excepciones. Todos los detalles del decreto que suspende la pauta oficial. 

27 de diciembre, 2023 | 07.44

El Gobierno de Javier Milei oficializó la suspensión de la pauta oficial a través de un decreto que confirma que por un año "las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso" oficiales quedan paralizadas. Sin embargo, se reservó la posibilidad de suspender la medida y exceptuó de la misma a los casos de publicidad oficial que surjan de la normativa vigente.

La medida, que había sido anunciada días atrás como "la suspensión oficial" de la pauta oficial, fue oficializada este miércoles mediante el decreto 89/2023 publicado en el Boletín Oficial.
El decreto, en su primer artículo, suspende "por el plazo de UN (1) año, contado a partir de la publicación del presente decreto, las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la ADMINISTRACIÓN CENTRAL".

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Además, aclara en el segundo, que "la autoridad de aplicación podrá, por acto debidamente fundado y siempre que las circunstancias lo hagan oportuno, prorrogar la suspensión dispuesta por el presente". Asimismo, exceptúa en el tercero de la suspensión establecida, "los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir.

Los fundamentos de la suspensión de la pauta oficial

En los considerandos del decreto se señala que "sin perjuicio de las obligaciones que pesan sobre el ESTADO NACIONAL respecto de la difusión de actos de gobierno y comunicación a los ciudadanos, en las actuales circunstancias resulta conveniente suspender la realización de campañas no esenciales con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos y hacer más eficiente el gasto"
 
 
En ese sentido, se indica que "corresponde discriminar, en lo relativo a la publicidad de los actos de gobierno, a aquellos en los que la misma resulte necesaria, de aquellos en los que puede ser omitida siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia".

Las excepciones 

También se especifica que "el establecimiento de una suspensión temporal de la realización de campañas de publicidad oficial debe dejar a salvo aquella cuya obligatoriedad derive de la normativa vigente –publicación de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones, entre otros-, así como las excepciones derivadas de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieren sobrevenir".
 
 
Por otro lado, en la norma que suspende la pauta publicitaría oficial se advierte que "el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete".