Dictaron el primer fallo colectivo contra los aumentos de una prepaga

Una jueza ordenó a la prepaga del Hospital Italiano a que retrotraiga los aumentos para un grupo de afiliados que se presentaron en la Justicia, al extender una medida que antes había sido individual. 

28 de febrero, 2024 | 15.44

Por primera vez desde que está en vigencia el mega DNU del presidente Javier Milei, un tribunal extendió una medida cautelar que limita el aumento de cuotas de una prepaga y ordena que se retrotraigan los precios a un grupo de afiliados. La jueza del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín 2, Martina Isabel Forns, amplió el acance de una resolución judicial a favor de una afiliada a la prepaga del Hospital Italiano para que incluya a más de un centenar de personas que están en su misma situación. 

La magistrada había dispuesto en enero una medida individual para dejar sin efectos los aumentos que había sufrido en su plan de prepaga una jubilada de 78 años llamada Marta Cristina Brauchli. Este, que había sido el primer fallo contra la suba de una prepaga desde que se publicó el decreto, adquirió en las últimas horas caracter colectivo por las múltiples adhesiones del resto de los afiliados del Hospital Italiano que sumaron también su denuncia contra la prepaga. 

"Resulta necesario extender los efectos de la presente resolución -con carácter colectivo- a todas las causas de adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias con aumentos de cuota similares por parte de la demandada", subrayó la jueza, quien, sin embargo, excluyó de la resolución a aquellas personas que se habían presentado como adherentes pero tenían otra prepaga, dado que no conforman el mismo "universo que la denunciante". Los efectos de la medida también se extienden a todas las causas de "futuros adherentes", según aclaró la jueza. 

Así, toda persona que esté afiliada a la entidad de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires bajo circunstancias similares a las de Brauchl podrá recurrir a la Justicia para obtener la medida cautelar dispuesta este miércoles. La jueza ordenó a la prepaga a aplicar a todas estas personas "el aumento dispuesto en la última publicación con un tope de 8.51%" y que "se abstenga de aplicar los aumentos realizados por DNU 70/23 del PEN". La entidad tiene un plazo de 48 horas. 

"Los aumentos acreditados con las facturas acompañadas y además los avisos cursados por la demandada via email, dan cuenta de que la demandada aplicó a la generalidad de los aquí adherentes para el mes de enero de 2024 un incremento en promedio del 40%, para el mes de febrero del 29.5% y con aviso de un incremento promedio del 18% para el mes de marzo del corriente año", advirtió también Forns al anticiparse a los aumentos que estaban previstos también para este mes. 

El caso Brauchli

El 15 de enero, Forns ordenó a la prepaga del Hospital Italiano a readecuar las cuotas del plan de salud de Brauchl, quien había cuestionado los aumentos del 40% de enero y del 29,5% de febrero en su Plan de Salud GMY, porque le resultaba imposibile afrontar dicho pago con su jubilación de $323.089,39. 

La jueza aseguró por entonces que que “cabe tener especialmente presente que la actora corre riesgo inminente de no poner pagar el valor mensual pretendido por la empresa de medicina prepaga demandada. Esto conllevaría a la falta de cobertura médica necesaria, según denuncia, por su edad y ponderando que de acuerdo a las constancias de la causa percibe un haber previsional que asciende a $323.089,39, el aumento implicaría una erogación de aproximadamente la mitad de su haber”.

La titular del juzgado fundó su decisión en “teniendo en cuenta los principios que rigen la preservación de la salud y la vida de las personas, derechos estos reconocidos en el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales (art. 12) en el Pacto de San José de Costa Rica (arts. 4 y 5) y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 6 inc. 1) con rango constitucional (art. 75 inc. 22)”.