El proyecto del Poder Ejecutivo para modificar el impuesto a las Ganancias, anunciado por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, ingresó hoy a la Cámara de Diputados. "Luego de tener número de expediente, el proyecto tendrá el giro respectivo para empezar prontamente su tratamiento", anunció esta mañana el jefe del bloque de diputados del Frente de Todos, Germán Martínez, en su cuenta de la red social X.
Proyecto para modificar Ganancias by Gimeluz Figueroa on Scribd
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La intención del oficialismo es empezar a debatir mañana en comisión el proyecto enviado por el Gobierno nacional, para llevarlo al recinto de la Cámara de Diputados la semana próxima.
Impuestos a las ganancias: En qué consiste el proyecto
El proyecto anunciado el lunes por el ministro de Economía, Sergio Massa, junto con sindicalistas, busca eliminar la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias para los trabajadores y jubilados. "El salario no es ganancia sino remuneración", sostuvo Massa al formular el anuncio, y afirmó que "era vergonzoso que en el país en el que promovemos el trabajo, los trabajadores paguen Ganancias, por eso hemos decidido enviar al Congreso nacional una ley que elimina la cuarta categoría de impuesto a las Ganancias para todos los trabajadores y jubilados de la Argentina".
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La iniciativa busca que el impuesto recaiga, únicamente, "sobre los mayores ingresos en relación de dependencia y por las otras rentas aludidas". La medida tiene como objeto "gravar, exclusivamente, a estos mayores ingresos, con un impuesto cedular (esto es, separado de la determinación de la escala progresiva actual), entendiendo como tales a los que superen el equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles mensuales -en la actualidad, equivale a $1.770.000; actuando dicho importe como un mínimo no imponible.
Asimismo, se incorpora una escala progresiva para estos mayores ingresos, cuyas alícuotas oscilan entre el 27 % y el 35 %.
La determinación del impuesto se efectúa de acuerdo con el siguiente mecanismo: se considera, al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente el 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, considerando el valor del SMVM vigente a esa nueva fecha.
De acuerdo con el texto, las retenciones realizadas sobre las ganancias netas percibidas durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del salario mínimo, vital y móvil vigente en julio, toda vez que la escala progresiva que, en definitiva, aplique para todo el período anual, es la de los montos del salario mínimo vigente en el citado mes de julio.