El Gobierno de Chubut que encabeza Ignacio "Nacho" Torres presentó un proyecto ante la Legislatura provincial con el que busca ampliar la "Ley de Ficha Limpia". El objetivo de la ampliación será que aquellos implicados en delitos dolosos, con un foco especial en el narcotráfico, no puedan presentarse a elecciones tanto para cargos públicos como para partidarios.
Atentos a lo que sucede particularmente en Rosario con el narcotráfico, y ante lo que ya es un eje en la agenda nacional, Ignacio Torres, gobernador de Chubut, y su vicegobernador Gustavo Menna presentaron un proyecto en la Legislatura provincial para modificar la Ley Provincial XXII Nº9, también conocida como "Ley Orgánica de los Partidos Políticos", sancionada en el 2020. La propuesta que impulsan desde el Gobierno de Chubut busca expandir el concepto de "Ficha Limpia" que se establece en el artículo 66 bis de la mencionada ley.
El objetivo del proyecto presentado por el Gobernador chubutense es extender la prohibición de candidaturas a personas que estén condenadas por cualquier tipo de delito doloso, incluso si la condena no está firme. Cabe destacar que la "Ley de Ficha Limpia" contempla tal impedimento a personas que tengan condena confirmada en segunda instancia por crímenes de corrupción o contra el orden constitucional.
Con el nuevo proyecto, el gobierno de Chubut busca incluir otros delitos al artículo, tales como narcotráfico, homicidios, violencia sexual y estafas, entre otros. Respecto a esta iniciativa, el vicegobernador Gustavo Menna fue contundente al recordar que Chubut fue pionero en introducir el concepto de "Ficha Limpia" y que el proyecto presentado busca fortalecerlo para que quede garantizado que quienes participen de las elecciones sean candidatos con una probada trayectoria limpia.
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La ley fue sancionada en 2020
Cabe recordar que la Ley Orgánica de los Partidos Políticos fue sancionada en Chubut en el 2020 en una sesión virtual debido a la pandemia del coronavirus. En aquel momento, la Legislatura de Chubut trató la norma luego de un largo debate y posteriormente fue reglamentada por el gobierno de Mariano Arcioni.
Uno de los puntos destacados de esta ley radicó en la incorporación del artículo 66 bis, en el cual se instalaba que desde ese momento quedaban inhabilitadas, tanto a presentarse a candidaturas como a ejercer cargos partidarios, aquellas personas que tuvieran condenas en segunda instancia. Las causas que estipulaba la ley incluían fraude, malversación de fondos, lavado de activos y otros delitos dolosos contra la administración pública.