Un diputado de Juntos por el Cambio le pidió a la Corte Suprema que suspenda mediante una medida cautelar las elecciones en Formosa y que decrete la inconstitucionalidad de la reelección indefinida que le permite al actual gobernador, Gildo Insfrán, aspirar a un nuevo mandato. Sin embargo, la Corte Suprema ya falló en 2013 de manera adversa a modificar el sistema electoral formoseño.
Fernando Carbajal, diputado nacional por la Alianza Juntos Por Formosa Libre, con el patrocinio del abogado Carlos Lee, denunció un supuesto "vacío legal del artículo 132" de la Constitución formoseña y pidió al máximo tribunal federal que declare su "inconstitucionalidad".
La denuncia apunta al "vacío legal del artículo 132 de la Constitución de la Provincia de Formosa, cuya ambigüedad permitiría la reelección indefinida de Insfrán, quien iría el 25 de junio de 2023 por su octavo mandato en el cargo, sumado a dos períodos como vicegobernador".
Ello, advirtió, "constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que recepta para el pueblo de la Nación Argentina, los principios Republicanos de Gobierno y temporalidad en el poder".
Carbajal pidió que "se declare la inconstitucionalidad del artículo de mención y se inhabilite –e impugne- a todo aquel que pretenda perpetuarse en el poder, a expensas y en perjuicio del pueblo formoseño". z
En ese contexto, con el antecedente de la decisión de la Corte sobre los comicios provinciales en San Juan y Tucumán, Carbajal reclamó el dictado de una "medida cautelar genérica" que disponga "la suspensión del acto eleccionario establecido para el día 25 de Junio de 2023 para el cargo de Gobernador y Vice Gobernador de la Provincia de Formosa".
El formato elegido por el legislador provincial para la presentación es el de una "acción declarativa de certeza". "Al encontrarse en curso un cronograma electoral con plazos breves, acotados y perentorios, la intervención de este máximo tribunal federal evita que eventuales decisiones de órganos inferiores frustren o tornen ilusorios los derechos esgrimidos en esta demanda", sostuvo Carvajal.
Esos derechos –señaló- "fueron avasallados con la lesión al sistema republicano que se busca de alguna manera reparar mediante esta acción declarativa".
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El fallo de la Corte en 2013
Sin embargo, el planteo opositor cuenta con un antecedente adverso, que puede llevar a su fracaso. Se trata de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2013, en ocasión de las elecciones legislativas de ese año.
Ese año, una demanda del Partido Obrero formoseño con el fin de declarar la inconstitucionalidad de la ley de Régimen Electoral de la Provincia de Formosa y de la ley provincial que permite la presentación de lemas y sublemas.
Pero el máximo tribunal adujo que las cuestiones relativas al régimen electoral de cada provincia no son pasibles de ser intervenidas por la propia Corte ya que "las provincias se dan sus propias instituciones y se rigen por ellas".
Por ello, el falló concluyó que "la causa es ajena a la competencia de la Corte Suprema de la Nación" y no modificó las leyes electorales formoseñas.